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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO...PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior...

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización Coordinación de Control y Auditoría Interna “2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”. Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México. El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx Página 1 de 144 Fiscalización Gubernamental Fiscalización de Cumplimiento Financiero Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación Unidad de Solventaciones 2019
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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Fiscalización Gubernamental

Fiscalización de Cumplimiento Financiero

Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e

Investigación Unidad de Solventaciones

2019

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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El revisar y fiscalizar los fondos, las cuentas públicas, deuda pública y actos relativos al ejercicio y aplicación de los recursos públicos de las entidades fiscalizables del Estado de México es una de las actividades preponderantes para la ciudadanía, por lo que el Poder Legislativo del Estado de México a través del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) la realiza puntualmente, colaborando con ello a la transparencia del actuar gubernamental en sus diferentes ámbitos. Este Órgano Técnico de la Legislatura local, para tal fin se encuentra dotado de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, con un presupuesto que no será menor al catorce por ciento para cada ejercicio fiscal y cuenta con la Comisión de Vigilancia del OSFEM, para supervisar los resultados de los actos de fiscalización superior. En la actualidad su misión es, “Realizar la fiscalización superior en apego a derecho e informar a la sociedad sobre el ejercicio de los recursos públicos”. Y la lleva a cabo a través del Programa presupuestario (Pp) denominado “Fiscalización Gubernamental” que se encuentra en la Estructura Programática reflejada en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal 2019. Este a su vez, opera bajo dos proyectos: - “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”; - “Fiscalización de Desempeño”; y Siendo el primero de los antes citados, el que es objeto de esta evaluación. El Pp de acuerdo al “Catálogo de Objetivos” de la Estructura Programática 2019 del Gobierno del Estado de México, tiene como objetivo: “Garantizar el honesto y eficaz manejo de los recursos, mediante la fiscalización, auditoría, revisión, sustanciación, resolución y sanción de los actos y cuentas relativos a la aplicación de los fondos públicos del Estado y sus Municipios, así como los fondos público federales ministrados al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal vigente”.

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“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Consecuentemente, el objetivo del proyecto es “Fiscalizar la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento, y garantizar la aclaración de observaciones derivadas de los actos de fiscalización”. De esta manera los actos de fiscalización superior que se efectúan en las entidades fiscalizables, se ven reflejados en los resúmenes narrativos de la Matriz de Indicadores para Resultados, dado que en el Fin se establece la contribución del OSFEM a la transparencia a través de la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos. La unidad responsable del Pp es el Poder Legislativo del Estado de México y la unidad ejecutora del proyecto evaluado es el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), el que con las Auditorías Especiales Financiera y de Obra e Investigación, la de Informes Mensuales; Planeación e Investigación y la Unidad de Solventaciones, directamente ejecutan actos de fiscalización superior en la entidad, atribución establecida en el artículo 61 fracción XXXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y en el artículo 8 fracciones I y II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. Se identifica la racionalidad del diseño programático del proyecto evaluado en los tres primeros tomos de este trabajo de evaluación, y en el cuarto y quinto, la congruencia de la instrumentación gubernamental, arrojando como principales resultados los siguientes:

El Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” se encuentra

completamente integrado, ya que actualmente contiene la información de

los dos proyectos que lo integran.

Se ha verificado, que el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento

Financiero” tiene respaldo normativo y administrativo, ello en base a los

documentos que presentó el sujeto evaluado para sustentar su operación

sin embargo, parcialmente cuenta con la evidencia del soporte tecnológico,

dado que la información que se registra en el Sistema de Planeación y

Programación (SPP) de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado

de México (GEM), no es la misma que presentó el sujeto evaluado. Por lo

que, resulta imperante que se realicen las acciones respectivas para

modificar esta situación. Ello en atención a que la unidad ejecutora,

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“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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efectivamente cumple con las actividades sustanciales para su debido

funcionamiento.

Al contar el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” con un

diagnóstico el cual se encuentra contenido en el formato PbR-01a

denominado “Descripción del Proyecto por Unidad Ejecutora”, justifica su

creación, pues plasma la problemática y necesidad a la que se le da

atención, así como su objetivo, estrategias y líneas de acción que seguirá.

No obstante, el del SPP y la del sujeto evaluado que es de manejo de

control interno, difieren en contenido, por lo que se sugiere se homologue.

En el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, el Pp

“Fiscalización gubernamental” contribuye a la consecución de metas

estatales y de planeación orientada a resultados en atención a que la MIR

se alinea con los objetivos, estrategias y líneas de acción de los

instrumentos de planeación a mediano plazo. Así, se definen proyectos que

fortalecen el desarrollo del Estado, de acuerdo a las metas propuestas por

las Naciones Unidas en su estrategia internacional de Objetivos de

Desarrollo Sostenible contenidos en la Agenda 2030.

Con base en la metodología vigente, la MIR cuenta con una correcta lectura

vertical y horizontal, con resúmenes narrativos en sus cuatro niveles, con

indicadores estratégicos y de gestión que permiten medir objetivos, con

fichas técnicas de seguimiento para cada indicador a fin de que su

instrumentación sea correcta, los medios de verificación que deben ser

tomados en consideración, así como los supuestos que hacen patente los

factores externos que pueden afectar el éxito del Pp.

El indicador es el instrumento que permite verificar el logro alcanzado por el

proyecto evaluado del Pp “Fiscalización gubernamental”. De esta manera,

en términos generales, los que tiene la MIR, muestran orientación a

resultados, con las salvedades acotadas en la presente evaluación.

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El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Consecuentemente, la valoración del proyecto es positiva, y los hallazgos

se atenderán a través de los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM), a los

que el sujeto evaluado dará cumplimiento de acuerdo al Plan de Trabajo

que para tal fin establezca.

Así se hace patente el actuar del Poder Legislativo del Estado de México

en la perseverancia en la evaluación de los Programas presupuestarios con

los que opera, contribuyendo con ello a la transparencia.

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Página Resumen Ejecutivo 3

Contenido 9

Introducción 13

Evaluación 19

Tomo I. Justificación de la creación o modificación sustancial, así como del diseño del Pp

21

Tomo II. Contribución del Programa presupuestario a las metas estatales y planeación orientada a resultados

35

Tomo III. Poblaciones o áreas de enfoque potencial y objetivo 43

Tomo IV. Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) 55

Tomo V. Complementariedades y coincidencias con otros Programas presupuestarios (Pp)

97

Valoración Final del Diseño del Proyecto 103

Conclusiones 107

Bibliografía 111

Anexos 115

Referencias y acrónimos 141

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El informe final de la Evaluación de Diseño Programático del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” a su proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” se llevó a cabo para dar cumplimiento al “Programa Anual de Evaluación (PAE) para el Ejercicio Fiscal 2019 de los Programas Presupuestarios del Poder Legislativo del Estado de México”, publicado por la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México, el 29 de abril del año 2019, en el periódico oficial “Gaceta de Gobierno del Estado de México” y a los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Presupuestarios del Poder Legislativo del Estado de México.

OBJETIVOS DE LA EVALUACIÓN

OBJETIVO GENERAL Evaluar el diseño del Programa presupuestario 01010201 “Fiscalización Gubernamental”, con la finalidad de proveer información que retroalimente su diseño, gestión y resultados. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Analizar y valorar la justificación de la creación y diseño del Programa

presupuestario. Analizar y valorar la contribución del Pp al cumplimiento de la metas del

Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 y de los programas

derivados de este. Identificar su área de enfoque y mecanismos de operación. Analizar la consistencia entre el diseño del Pp y la normatividad aplicable. Identificar posibles complementariedades y/o coincidencias con otros

programas de la Administración Pública Estatal.

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Así, la evaluación se llevó a cabo de acuerdo a los “Términos de Referencia para la Evaluación de Diseño Programático 2019” entregados a la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México y consistió en dar respuesta a 20 reactivos relacionados con cinco temas, distribuidos de la siguiente manera:

APARTADO

PREGUNTAS

TOTAL

Justificación de la creación o modificación sustancial, así como del diseño del Programa presupuestario

1 a 3 3

Contribución del Programa presupuestario a las metas estatales y planeación orientada a resultados

4 a 5 2

Poblaciones o áreas de enfoque, potencial y objetivo

6 a 8 3

Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) 9 a 19 11

Complementariedades y coincidencias con otros Programas presupuestarios

20 1

TOTAL

20

20

La evaluación se encuentra relacionada con las actividades que desarrolla la Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación (AEFOI), la Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación (AEIMPI), así como la Unidad de Solventaciones (US) del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, en donde el área de enfoque son las entidades públicas que ejercen recursos estatales y municipales. Por ello, la evaluación se realizó con la información testimonial obtenida de las entrevistas con el personal designado como enlaces de las unidades administrativas que ejecutan directamente el proyecto evaluado, L.C.F. Marcela Gabriela González San Vicente, titular de la Dirección de Auditoría Financiera, L.A.E. Matías Cárdenas Cedillo titular de la Dirección de Planeación y Control y con el Arq. Edgar Castellanos Álvarez, titular del Departamento de Solventación de Auditoría a Obra Pública y con información documental, que son los controles internos que generan, y con la que se debe alimentar el SPP de la Secretaría de

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Finanzas del Estado de México, al ser éste último su operador y usuario y quien remite las evidencias de la actividad en mención.

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1. ¿El problema o necesidad prioritaria que busca resolver el Programa presupuestario está identificado en un documento que cuente con la siguiente información?

a).- El problema o necesidad se formula como un hecho negativo o como una situación que puede ser revertida.

b).- Se define la población o área de enfoque que tiene el problema o necesidad.

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El Pp tiene identificado el problema o necesidad que busca

resolver.

El problema o necesidad cumple con todas las características

establecidas en la pregunta.

El Pp actualiza periódicamente la información para conocer la

evolución del problema o necesidad.

Justificación

En el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, como parte del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental”, las unidades ejecutoras del mismo tienen identificado y definido el problema que atiende, en documentos que manejan de control interno, consistentes en el árbol de problemas y en el formato PbR-01a en los que se plasma de la siguiente manera: Atendiendo a la Metodología del Marco Lógico, se inicia con el árbol de problemas del sujeto evaluado, en donde se plantea la problemática de la siguiente forma: “Las entidades públicas estatales y municipales y los programas presupuestarios no son fiscalizados de manera eficiente y oportuna”. En el PbR-01a, lo conceptualiza de la siguiente manera: “…por lo que corresponde al papel que desempeña el Órgano Superior, es necesario advertir que la rendición de cuentas puede verse menoscabada al no realizar la fiscalización y consecuentemente con ello las entidades públicas no rindan cuentas de los

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recursos públicos y no se logren niveles de eficacia y transparencia de los recursos públicos requeridos por la sociedad mexiquense, de no entregar de manera oportuna el Informe de Resultados que presenta a la Legislatura local, como origen de no reflejar los resultados de los actos de fiscalización extemporáneamente en el Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización de las Cuentas Públicas del Estado de México y Municipios”. De lo anterior, se advierte discrepancia entre la redacción de la problemática planteada en el árbol de problemas con la definición que del mismo se hace en el diagnóstico que contiene el formato PbR-01a, ya que en el primero se hace referencia a la no fiscalización de recursos públicos y en el segundo a la fiscalización menoscabada por la no rendición de cuentas de las entidades de los recursos públicos, no logrando la eficacia y la transparencia, así como la entrega extemporánea del Informe de Resultados, por lo que se sugiere homologar esta información, y en su justificación excluir la no presentación oportuna del Informe de Resultados, esto en atención a que se trata a una disposición legal de cumplimiento obligatorio, en términos del artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y que a la letra establece un “…plazo improrrogable que vence el 30 de septiembre del año en que se entreguen las cuentas públicas…” para su entrega. Es importante advertir en la sintaxis del problema al que atiende el proyecto evaluado, el tiempo gramatical, que en el caso que nos ocupa, es el subjuntivo que se encuentra relacionado con una situación hipotética, dudosa, de posible comisión. Por lo que se sugiere hacer referencia a un hecho acontecido que dificulte o impida realizar actos de fiscalización superior o en su defecto, expresarlo como una necesidad a atender, la cual también implica referir un hecho ocurrido que requiere un cambio. Así mismo, se cuenta con una impresión del formato PbR-01a que la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación (UIPPE) de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México, remitió al equipo evaluador y que se encuentra registrado en el Sistema de Planeación y Presupuesto (SPP) del Gobierno del Estado de México (GEM) que opera a través de la Secretaría de Finanzas, con el que de igual manera se atiende la condición a) y b), pese a que en su redacción no sea coincidente con la del sujeto evaluado. Esto en atención a que, en el formato del PbR-01a del SPP se determina como una necesidad que requiere ser atendida de la siguiente manera: “La auditoría del

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sector público…es una labor importante que contribuye marcar la diferencia en la vida de los ciudadanos. La revisión y vigilancia del uso de los recursos públicos a lo largo del tiempo…han estado directamente relacionadas con el desarrollo económico, social y político de las naciones, es por ello que para el caso particular del Estado de México, la existencia de un Órgano de Fiscalización Local, es preponderante. El mandato de la revisión de la Cuenta Pública, otorga…entre otras, la atribución de la (sic) fiscalizar el cumplimiento financiero…”. Por lo que se sugiere homologar la información de estos documentos. El proyecto evaluado, no hace diferenciación atendiendo a la condición de género, en virtud de que se encuentra relacionado con un área de enfoque como son las entidades fiscalizables y no cuenta con beneficiarios como en el caso de los programas sociales. Cada ejercicio fiscal, se actualiza la información para saber sobre el seguimiento del problema, esto se realiza al momento de dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley, al revisar sus objetivos estratégicos, que es el momento en el que se verifica la funcionalidad del Pp y sus proyectos. De igual forma, se lleva a cabo al elaborar en el mes de julio de cada año el anteproyecto de presupuesto de egresos para el siguiente ejercicio fiscal. Así, la información programática y presupuestal es enviada a la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación (UIPPE) de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México, para incorporar los avances físicos trimestrales de las metas, para que el usuario oficial las registre en el SPP, esto en apego a lo establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios. Lo que se verá reforzado con la evaluación del cumplimiento de las metas institucionales de actividad a mediano plazo del Documento Rector de Planeación Institucional 2018-2024. 2. El diagnóstico del problema o necesidad que atiende el Programa presupuestario describe de manera específica: a).- Causas, efectos y características del problema o necesidad. b).- Cuantificación y características de la población o área de enfoque que

presenta el problema o necesidad.

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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c).- Ubicación territorial de la población o área de enfoque que presenta el problema o necesidad.

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El Pp cuenta con documentos, información y/o evidencias

que permiten conocer la situación del problema o necesidad

que pretende atender.

El diagnóstico cumple con todas las características

establecidas en la pregunta.

El Pp actualiza periódicamente el diagnóstico.

Justificación

Inciso a) En el árbol de problemas elaborado por las unidades ejecutoras del proyecto evaluado y que manejan como documento de control interno, sí se precisan las causas, efectos así como características del problema que el Pp del proyecto objeto de esta evaluación atiende. En este se muestran como causas las siguientes:

El Informe de Resultados no es entregado en tiempo y forma.

Las observaciones y promoción de acciones derivadas de la fiscalización de

las entidades estatales y municipales se dan a conocer de manera

extemporánea.

Las recomendaciones y promoción de acciones derivadas de la

fiscalización de entidades estatales y municipales se dan a conocer de

manera extemporánea.

Y como efectos se expusieron:

Las entidades estatales y municipales no rinden cuentas sobre la gestión y

resultados de los recursos públicos.

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Las instituciones públicas no logran los niveles de eficacia y transparencia

requeridos por la sociedad mexiquense.

Situación que se réplica en el diagnóstico PbR-01a del sujeto evaluado, donde se refiere que la rendición de cuentas a la población del Estado de México es una obligación de quienes ejercen el poder público y el OSFEM en su calidad de órgano técnico del Poder Legislativo del Estado de México, la realiza al revisar y fiscalizar entre otros el cumplimiento financiero para verificar en qué medida el ente auditado ha observado la normatividad en la aplicación de los recursos públicos (gestión financiera). Por lo que, sí esta acción no es conocida por la ciudadanía, no se logran los niveles de eficacia y transparencia de la aplicación de los recursos públicos requeridos por los mexiquenses, y en consecuencia no se cierra el ciclo presupuestario que se establece en el Código Financiero del Estado de México. Por ello es importante, que este Órgano Técnico revise el cumplimiento en la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas a través del despliegue de actos de fiscalización superior, con la oportunidad de garantizar la aclaración de las observaciones. Sin embargo, en el formato Reporte General de la MIR Ejercicio 2019 del SPP se plantean diferente, como a continuación se ilustra: Causas: - Déficit del cumplimiento de las acciones - Escasez de retroalimentación y actualización constante de datos primordiales dentro de la misma dependencia Efectos: - Deficiente flujo de información - Datos imprecisos Por tal motivo, el equipo evaluador sugiere que se homologue la información de estos documentos y hecho lo anterior se registre en el SPP. Inciso b)

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Partiendo de la conceptualización de los tipos de área de enfoque que hay, se definen de la siguiente manera: Potencial, área de enfoque total que presenta la necesidad o problema que justifica la existencia de un programa y que, por lo tanto, pudiera ser elegible para su atención. Objetivo, área que se tiene planeado o programado atender para cubrir el área de enfoque potencial y que cumple con los criterios de elegibilidad establecidos en su normatividad. Atendida, área beneficiada por un programa de un ejercicio fiscal Así, el sujeto evaluado hace referencia a las mismas en su diagnóstico bajo el formato PbR-01a y las cuantifica de la siguiente manera:

Entidades Públicas

Entidades Estatales

Entidades Municipales

Poder Judicial 1 Poder Legislativo 1 Poder Ejecutivo :

Dependencia 26 Organismos Auxiliares 87 Organismos Autónomos 7

Ayuntamientos 125 DIF 125 ODAS 45 IMCUFIDE 87 MAVICI 1 IMJUVE 1

TOTAL: 122 TOTAL: 384 Fuente: Formato PbR-01ª ejercicio 2019 elaboración propia del sujeto evaluado OSFEM.

De igual manera, menciona que en el Programa Anual de Fiscalización (PAF) está definida el área de enfoque objetivo, la que contiene la programación anual de los actos de fiscalización, en los órdenes de gobierno estatal y municipal, programa

ÁREAS DE ENFOQUE DE LAS ENTIDADES ESTATALES Y

MUNICIPALES

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que al ser cumplido se convierte en el área de enfoque atendida del sujeto evaluado, en cumplimiento al Sistema Nacional de Fiscalización relacionado con las Normas Profesionales de Auditoría. Así, se encuentra atendida por parte del sujeto evaluado la cuantificación y las características que deben reunir las áreas de enfoque o de intervención que atiende el proyecto evaluado, por lo que se cumple la condición preestablecida, precisando correctamente el motivo por el cual son imprescindibles los actos de fiscalización superior en las entidades fiscalizables, como son el revisar la administración y aplicación de los recursos públicos de las entidades estatales y municipales del Estado de México. Por su parte, la UIPPE lo establece de la siguiente manera, en el Reporte general de la MIR Ejercicio 2019:

Características:

La población afectada es el 100% de la población de referencia que son 146: 125 Municipios del Estado de México y 21 dependencias del Gobierno del Estado de México (área de enfoque potencial)

Cuantificación del Área de Enfoque:

- 125 Municipios del Estado de México y

- 21 dependencias del Gobierno del Estado de México

Se pretende atender al 100% de la población de referencia (área de enfoque objetivo)

No así en el formato PbR-01a del SPP, que es el que contiene el diagnóstico del problema o necesidad que atiende el proyecto evaluado las refiere de la siguiente manera: “La auditoría del sector público, a cargo de los organismos auditores (sean responsables de la fiscalización previa o posterior, de tareas de auditoría interna o fiscalización externa, en los tres Poderes y órdenes de gobierno), es una labor importante…en materia de revisión y fiscalización… actos relativos al ejercicio y aplicación de los recursos públicos de las entidades fiscalizables del Estado de México…es necesario que exista de manera programática y funcional, el proyecto de Fiscalización de cumplimiento financiero”

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De esta manera el proyecto evaluado cumple con la condición requerida en el presente cuestionamiento, sin embargo se sugiere homologar la información que tiene en documentos el sujeto evaluado y la que reporta la UIPPE del Poder Legislativo, ya que si bien es cierto atienden las condiciones que requiere este cuestionamiento, el contenido es diferente. Inciso c) La ubicación territorial del área de enfoque o de intervención que presenta el problema se encuentra delimitado en el diagnóstico de acuerdo al formato PbR-01a del sujeto evaluado, se circunscribe para el proyecto evaluado a las entidades fiscalizables de los niveles de gobierno estatal y municipal del Estado de México, con lo que se cumple esta condición. En los documentos del SPP que remite la UIPPE del Poder Legislativo, también se encuentra cumplida al referir que el área de enfoque que se atiende son los municipios y dependencias del Gobierno del Estado de México. Por lo que hace a la vigencia del diagnóstico se encuentra delimitada en todos los documentos presentados, en el apartado denominado: “Ejercicio: 2019”. La actualización periódica se realiza por parte del sujeto evaluado al remitir a la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo del Estado de México, los avances físicos trimestrales del Programa Anual de Metas para que a su vez realice el registro en el SPP de la Secretaría de Finanzas del GEM. Con lo anterior de igual manera se encuentra atendida la condición del inciso de referencia.

3. ¿Existe justificación teórica empírica documentada que sustente el tipo de intervención que el Pp lleva a cabo? Respuesta: Sí

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Nivel Criterios

4 El Pp cuenta con una justificación teórica o empírica documentada que sustente el tipo de intervención o acciones que el Pp lleva a cabo en la población objetivo o área de enfoque objetivo.

La justificación teórica o empírica documentada es consistente con el diagnóstico del problema o necesidad.

Existe(n) evidencia(s) (estatal o nacional) de los efectos positivos atribuibles a los apoyos otorgados o a las acciones realizadas de cara a la población objetivo o área de enfoque objetivo.

Existe(n) evidencia(s) (estatal o nacional) de que la intervención o acciones son más eficaces para atender la problemática o necesidad que otras alternativas.

Justificación

El proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” integrante del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” produce como servicio, el Informe de Resultados que se entrega a la Comisión de Vigilancia de la Legislatura del Estado de México, a más tardar el día 30 de septiembre de cada ejercicio fiscal, en el que se dan a conocer los resultados de la fiscalización y revisión a las cuentas públicas estatales y municipales, tal y como lo dispone la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. La Organización Internacional de Entidades de Fiscalización Superiores (INTOSAI), emite las Normas Profesionales de Auditoría que deberán ser empleadas por las entidades superiores de fiscalización en el mundo y que por normatividad son replicadas en México a través de ASOFIS (Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A.C.) con la finalidad de llevar a cabo la rendición de cuentas, la transparencia y el buen gobierno a través del fortalecimiento de las entidades de fiscalización superior locales, trabajos que se realizan con evidencia teórica y empírica y que hoy en día cuentan con el reconocimiento del Sistema Nacional de Fiscalización en la Ley de General del Sistema Nacional Anticorrupción publicada el 18 de julio de 2016 replicado en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en las que se dispone la obligatoriedad de homologar procesos, procedimientos y

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normas de auditoría para la revisión y fiscalización de la aplicación de los recursos públicos de los órdenes de gobierno, estatal y municipal. La intervención del sujeto evaluado en el proceso de revisión y fiscalización se encuentra fundamentada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la local, en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción, en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios, en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, en el Reglamento Interior del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, en el Manual General de Organización y en el Documento Rector de Planeación Institucional (2018-2024). Así, el sujeto evaluado se encuentra cumpliendo con los patrones internacionales y nacionales en materia de fiscalización superior con base en evidencia teórica y empírica documentada. En la actualidad, no se cuenta con una investigación formal en la que se señale cómo con la revisión y fiscalización de cumplimiento financiero a las entidades estatales y municipales del Gobierno del Estado de México y Municipios, se obtengan resultados favorables a esta actividad. Sin embargo, la sana lógica nos lleva a concluir que los actos de fiscalización superior en cumplimiento financiero son esenciales para saber si en las entidades fiscalizables estatales y municipales de la entidad se está llevando a cabo la administración y aplicación de los recursos públicos, de acuerdo a lo establecido en la normatividad aplicable y dentro de los estándares de economía, eficiencia y eficacia de la gestión financiera. Se suma a esto, como evidencia de los resultados de los actos de fiscalización superior, la formulación de pliegos de observaciones y recomendaciones, resultado de la ejecución de los actos de fiscalización superior en cada ejercicio fiscal a las entidades estatales y municipales, que en apego a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México se da cuenta de ello a la Comisión de Vigilancia de la Legislatura local en el Informe de Resultados que se entrega, el cual es publicado en su página web inmediatamente después de su recepción y así los mexiquenses pueden conocerlo.

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De esta manera, el sujeto evaluado a través de los actos de fiscalización superior desplegados en la Entidad, cumple con el fortalecimiento de las instituciones por las que se pugna en el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 con la finalidad de que la ciudadanía tenga confianza en las dependencias gubernamentales, a través de un actuar transparente, con acciones de rendición de cuentas.

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4. El Propósito del programa presupuestario está vinculado con los objetivos del programa sectorial, considerando que:

a) ¿Existen conceptos comunes entre el Fin, Propósito y los objetivos del

programa sectorial, especial o institucional, por ejemplo: población objetivo

o área de enfoque objetivo?

b) ¿El logro del Fin y del Propósito aporta al cumplimiento de alguna(s) de

la(s) meta(s) y de alguno(s) de los objetivos del programa sectorial,

especial o institucional?

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El Pp cuenta con un documento en el que se establece la relación del Fin y Propósito con los objetivo(s) del programa sectorial, especial o institucional.

Es posible determinar vinculación con todos los aspectos establecidos en la pregunta.

El logro del Propósito es suficiente para el cumplimiento de alguna(s) de la(s) meta(s) de alguno(s) de los objetivos del programa sectorial, especial o institucional.

- Justificación

El pasado catorce de septiembre del año dos mil dieciocho se publicaron en el Periódico Oficial -Gaceta del Gobierno- el Resumen de los Programas Sectoriales y Regionales del Estado de México 2017-2023 derivados del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 publicado el 15 de marzo de 2018 con motivo del cambio de administración estatal. Esto en acatamiento a lo establecido por el artículo 26 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios, la que dispone que para la integración y ejecución de la estrategia contenida en los planes de desarrollo, se deben elaborar programas sectoriales, regionales y especiales para alcanzar sus metas y objetivos en correlación con lo dictado en el Manual para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2017, referente a la congruencia que debe haber entre la MIR y los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023.

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Obligación que es establecida en el artículo 286 del Código Financiero del Estado y Municipios, al referir que el proceso de planeación, programación y presupuestación, tiene como propósito orientar el gasto público a la atención de lo prioritario, tomando en cuenta los objetivos, metas y estrategias contenidas en el Plan de Desarrollo del Estado de México y los programas que de éste se derivan, garantizando con ello el uso eficiente de los recursos públicos en cada uno de los programas presupuestarios. Así los programas sectoriales, son los instrumentos de planeación estratégica donde se establecen prioridades, proponen proyectos específicos que promueven y fortalecen el desarrollo del Estado en concordancia con lo previsto en el PDEM 2017-2023, con su contribución a las metas propuestas por las Naciones Unidas en su estrategia internacional con el establecimiento de 17 Objetivos para el Desarrollo Sostenible (ODS). De esta manera, rigen el desempeño de sus actividades en estricto apego a las normas y lineamientos que emiten para su integración. Se sustentan en diferentes análisis que se integran dando como resultado un diagnóstico de la situación actual, lo que permite determinar los objetivos de las políticas públicas y los proyectos específicos para atender las necesidades de la ciudadanía, asignando responsabilidades institucionales, así como un presupuesto idóneo para lograr las metas establecidas. El Fin en la Matriz de Indicadores para Resultados que remite el sujeto evaluado es: “Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos por parte de los gobiernos estatal y municipales, mediante la fiscalización de las cuentas públicas” Y el Propósito: “Las entidades públicas estatales y municipales y sus programas presupuestarios son fiscalizados” Mismos que se encuentran en la MIR del Pp “Fiscalización Gubernamental” y su proyecto examinado “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” y se relacionan con el Programa Sectorial que contiene tres ejes transversales del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 con sus respectivas estrategias transversales, las que tienen vinculación directa con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, y en el caso que nos ocupa es el número 16 que propone: “Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles”.

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De esta manera el Fin y el Propósito del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental”, cuentan con conceptos comunes entre ellos y el proyecto del programa sectorial del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, como a continuación se demuestra:

Niveles Programa Sectorial Transversal (2017-2023)

Fin: Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los

recursos públicos por parte de los gobiernos estatal y municipales,

mediante la fiscalización de las cuentas públicas.

Proyecto 3: Fortalecimiento institucional con transparencia,

responsabilidad y vocación de servicio. Propósito: Las entidades públicas

estatales y municipales y sus programas presupuestarios son

fiscalizados. Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado, Programa Transversal 2017-2023.

Por lo que, se puede advertir que el logro de los niveles Fin y Propósito aporta al cumplimiento del plan sectorial en su vertiente denominada Programa Transversal derivado del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, ubicando su actuar en el eje transversal 2: Gobierno Capaz y Responsable, cuyo objetivo 5.5 es el promover instituciones de gobierno transparentes y que rindan cuentas, mediante el fortalecimiento de las instituciones gubernamentales, ya que con su práctica permanente, se traducen en acciones de prevención y disuasión de actos de corrupción, con la participación ciudadana y los actores públicos, con finanzas sanas y basado en la administración planeada con base en resultados y la constante evaluación al desempeño. Por eso, la credibilidad y confianza de los mexiquenses es una pieza fundamental, para que se fortalezca la gobernabilidad, pero para ello es imprescindible que tengan conocimiento y entendimiento de las acciones de la administración pública, a efecto de verificar que realmente se están aplicando los recursos públicos de acuerdo a la normatividad establecida para el fin al que han sido destinados. Y esto se logra a través de la publicación del Informe de

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Resultados de la Revisión y Fiscalización de las Cuentas Públicas del Estado de México y Municipios. 5. ¿Con cuáles objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan de Desarrollo del Estado de México (2017-2023) está vinculado el objetivo sectorial relacionado con el Programa presupuestario? - Justificación El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 (PDEM), se integra de la siguiente manera:

Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 (PDEM)

Pilares Temáticos Ejes Transversales

1. Pilar Social Igualdad de Género

2. Pilar Económico Gobierno Capaz y Responsable

3. Pilar Territorial Conectividad y Tecnología para el Buen Gobierno

4. Pilar Seguridad

Que de forma simultánea fortalecen la gobernabilidad del Estado de México. Por ello, es importante tomar en consideración que las acciones de planear, programar y presupuestar con base en los resultados obtenidos en las evaluaciones que se vayan practicando a los Programas presupuestarios, cobra relevancia en atención a que se cuenta con parámetros para poder proyectar las acciones que en cada proyecto se deben tomar en consideración para actos futuros que sean certeros y que se traduzcan en mejores resultados del quehacer gubernamental. Así, el proyecto de “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” comprende los aspectos que engloban los objetivos del eje transversal 2 Gobierno Capaz y Responsable del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, como a continuación se muestra:

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Eje Transversal 2 del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 GOBIERNO CAPAZ Y RESPONSABLE Nivel FIN de la MIR

Objetivo 5.5. Promover instituciones de gobierno transparentes y que rindan cuentas, a través de la: Estrategia 5.5.1. Impulsar la transparencia proactiva, rendición de cuentas y el Gobierno Abierto Líneas de Acción: - Promover prácticas de transparencia para la consolidación de la confianza ciudadana en sus instituciones.

“Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos

por parte de los gobiernos estatal y municipales, mediante la fiscalización de

las cuentas públicas”

Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado y el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023.

Por lo que el sujeto evaluado revisa la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento y revisiones, garantizando a los servidores públicos estatales y municipales la aclaración de sus observaciones resultado de actos de fiscalización superior. De esta manera, se puede aseverar que el resumen narrativo de los niveles Fin y Propósito también guardan relación con el Plan de Desarrollo vigente, en atención a que con la acción de revisar y fiscalizar, este Órgano Técnico fortalece al Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción pues las acciones de prevención, detección, control, transparencia, rendición de cuentas y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción generan confianza en la ciudadanía y con ello, se fortalece al Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción. El Gobierno Capaz y Responsable involucra los objetivos y metas plasmados en el PDEM 2011-2017 y de su respectivo programa sectorial denominado Programa Transversal 2017-2023, vinculándolos de la siguiente manera:

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Vinculación del objetivo del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” en su proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”

con el PDEM 2017-2023 y su respectivo Programa Sectorial

OBJETIVO DEL PROGRAMA

PRESUPUESTARIO “FISCALIZACIÓN

GUBERNAMENTAL”

OBJETIVO DEL PROYECTO

“FISCALIZACIÓN DE

CUMPLIMIENTO FINANCIERO”

EJE

TRANSVERSAL PDEM

2017-2023

OBJETIVO

ESTRATEGIAS

LÍNEAS DE ACCIÓN

PROGRAMA TRANSVERSAL

2017-2023 GOBIERNO CAPAZ Y

RESPONSABLE

Garantizar el honesto y eficaz manejo de los

recursos, mediante la fiscalización,

auditoría, revisión, sustanciación,

resolución y sanción de los actos y

cuentas relativos a la aplicación de los fondos públicos del

Estado y sus Municipios, así

como los fondos públicos federales

ministrados al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal

vigente

Fiscalizar la obtención,

administración y aplicación de los recursos de las

entidades públicas, mediante

auditorías de cumplimiento, y

garantizar la aclaración de observaciones

derivadas de los actos de

fiscalización.

Gobierno Capaz y Responsable

Objetivo 5.5

Promover instituciones de gobierno

transparentes que rindan cuentas.

5.5.1. Impulsar la transparencia

proactiva, rendición de cuentas y el

Gobierno Abierto.

Promover prácticas de transparencia para la consolidación de la confianza ciudadana en sus instituciones. Fortalecer la transparencia fiscal.

Proyecto 3 Fortalecimiento institucional con transparencia, responsabilidad y vocación de servicio.

Fuente: Elaboración con información del PDEM 2017-2023, Programa Transversal 2017-2023 y Catálogo de Objetivos de la Estructura Programática 2019 del Gobierno del Estado de México.

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6. Las poblaciones o áreas de enfoque potencial y objetivo ¿están definidas en documentos oficiales y/o en el diagnóstico del problema o necesidad? Y cuentan con la siguiente información y características:

a) Unidad de medida

b) Están cuantificadas

c) Metodología para su cuantificación

d) Fuentes de información

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El Pp tiene definidas las poblaciones o áreas de enfoque

(potencial y objetivo).

Las definiciones cumplen con todas las características

establecidas.

Existe evidencia de que el Pp actualiza (según su

metodología) y utiliza las definiciones para su planeación.

Justificación

a) Unidad de Medida La unidad de medida del área de enfoque es el número de entidades públicas existentes en los órdenes de gobierno estatal y municipal. En el diagnóstico contenido en el formato PbR-01a, que el sujeto evaluado presenta como documento de control interno, se encuentra definida y cuantificada el área de enfoque, como se advierte en el cuadro con el que se ilustró la respuesta a la pregunta dos de los Términos de Referencia para el ejercicio fiscal en curso y tiene que ver con las determinadas en el Programa Anual de Fiscalización (PAF) 2019, tomando en cuenta el principio de posterioridad con que se ejecutan actos de fiscalización superior a ejercicios fiscales concluidos, por lo que durante el año 2019 se revisa 2018.

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Entidades Públicas

Entidades Estatales

Entidades Municipales

Poder Judicial 1 Poder Legislativo 1 Poder Ejecutivo :

Dependencia 26 Organismos Auxiliares 87 Organismos Autónomos 7

Ayuntamientos 125 DIF 125 ODAS 45 IMCUFIDE 87 MAVICI 1 IMJUVE 1

TOTAL: 122 TOTAL: 384 Fuente: Formato PbR-01a ejercicio 2019 elaboración propia del sujeto evaluado OSFEM.

Por lo que hace a la información que la UIPPE de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Legislativo registra en el SPP, la concentra en el Reporte General de la MIR ejercicio 2019 como a continuación se muestra:

“Población de Referencia 146 (100%):

La población afectada es el 100% de la población de referencia que son 146: 125 Municipios del Estado de México y 21 dependencias del Gobierno del Estado de México (área de enfoque potencial)”

“Cuantificación del Área de Enfoque (área de enfoque objetivo)

Se pretende atender al 100% de la población de referencia

125 Municipios del Estado de México

21 dependencias del Gobierno del

Estado de México”

Lo anterior nos hace patente las discrepancias numéricas que presenta la información del sujeto evaluado y la que se encuentra registrada en el SPP del GEM, por lo que se sugiere homologarla, y de esta manera estar en posibilidad de

ÁREAS DE ENFOQUE: ENTIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y

MUNICIPALES

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conocer las referencias reales sobre las cuales se realizan actos de fiscalización superior con precisión. b) Están cuantificadas El sujeto evaluado en el diagnóstico cuantifica su área de enfoque potencial, de acuerdo al número entidades fiscalizables de los órdenes de gobierno estatal y municipal, y lo muestra a través del cuadro referido en el inciso anterior, el cual se tiene por reproducido para no incurrir en repeticiones innecesarias. De igual manera, menciona que en el Programa Anual de Fiscalización (PAF) 2019 se encuentra definida el área de enfoque objetivo que contiene la programación anual de los actos de fiscalización de un ejercicio fiscal, en los órdenes de gobierno estatal y municipal, programa que al ser cumplido se convierte en el área de enfoque atendida del sujeto evaluado, en cumplimiento al Sistema Nacional de Fiscalización relacionado con las Normas Profesionales de Auditoría. De lo anterior, se advierte que la cuantificación que realiza el sujeto evaluado es diferente a la que se encuentra registrada en el SPP de la Secretaría de Finanzas del GEM. Por lo que se sugiere se homologue en ambos documentos. c) Metodología para su cuantificación No se cuenta con una metodología propiamente para la cuantificación del área de enfoque, por lo que para contabilizar el área de enfoque potencial, se obtiene del total de las entidades fiscalizables estatales y municipales que existen en el Estado de México. En lo que respecta al área de enfoque objetivo, como ya se mencionó se obtiene del Programa Anual de Fiscalización (PAF) publicado en la página web del OSFEM de cada ejercicio fiscal, y con el que se dan a conocer las entidades públicas que serán objeto de actos de fiscalización superior en ese año. El área de enfoque atendida, es la relación de entidades públicas estatales y municipales que contiene el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas del Estado de México y Municipios 2018.

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d) Fuentes de Información Como se ha mencionado en líneas anteriores, el número total de entidades públicas estatales y municipales del Estado de México son consideradas el área de enfoque potencial y estas se encuentran listadas en la división territorial de la entidad, en el artículo 6 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para las entidades fiscalizables del ámbito municipal, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México para las entidades fiscalizables del ámbito estatal. Ahora bien, por lo que hace a las áreas de enfoque objetivo y atendida sus fuentes son el Programa Anual de Fiscalización (PAF) 2019, que se encuentra publicado en la página web del OSFEM, el cual puede presentar variación numérica de acuerdo a las necesidades del servicio y la Cuenta Pública del Gobierno, Organismos Auxiliares y Autónomos del Estado de México 2018 y el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas del Estado de México y Municipios 2018, respectivamente. 7. ¿Existe información que permita conocer el efecto positivo que generó la implementación del Pp en la población o área de enfoque atendida?, y que:

a) Incluya las características de la población o área de enfoque atendida

definida en su documento normativo.

b) Incluya el tipo de bien o servicio otorgado.

c) Esté sistematizada.

d) Cuente con mecanismos documentados para su depuración.

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 La información de la población o área de enfoque atendida

cumple con todas las características establecidas.

Justificación:

a) Características de la población o área de enfoque atendida definida en su documento normativo

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El sujeto evaluado incluye en el formato PbR-01a documento que maneja de control interno, en el que se encuentran las características de la población o área de enfoque atendida por lo que cumple con el requisito de incluir esta información en documento normativo. Y lo realiza de la siguiente manera:

“Como Entidad Estatal de Fiscalización en términos de la Constitución Política Federal y Estatal, el Órgano de Fiscalización del Estado de México es el ente competente en materia de revisión y fiscalización de los fondos, cuentas públicas, deuda pública y actos relativos al ejercicio y aplicación de los recursos públicos de las entidades fiscalizables del Estado de México*…”.

Determina en apego al marco jurídico el área de enfoque potencial, como a continuación se ilustra:

Entidades Públicas

Entidades Estatales

Entidades Municipales

Poder Judicial 1 Poder Legislativo 1

Poder Ejecutivo: Dependencias 26 Organismos Auxiliares 87 Organismos Autónomos 7

Ayuntamientos 125 DIF 125 ODAS 45 IMCUFIDE 87 MAVICI 1 IMJUVE 1

TOTAL: 122 TOTAL: 384 Fuente: Formato PbR-01a ejercicio 2019 elaboración propia del sujeto evaluado OSFEM.

También menciona que en el Programa Anual de Fiscalización (PAF) se encuentra definida el área de enfoque objetivo, la que contiene la programación anual de los actos de fiscalización, en los órdenes de gobierno estatal y municipal, programa que al ser cumplido se convierte en el área de enfoque atendida del sujeto evaluado, en cumplimiento al Sistema Nacional de Fiscalización relacionado con las Normas Profesionales de Auditoría.

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Por su parte, en el formato PbR-01a del SPP en el apartado de situación actual se relaciona de la siguiente manera:

“Así en atención a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México vigente y con fecha de actualización del 30 de mayo de 2017, en la cual se establece la competencia en materia de revisión y fiscalización de los fondos, cuentas públicas, deuda pública y actos relativos al ejercicio y aplicación de los recursos públicos de las entidades fiscalizables del Estado de México, se determina que para cumplir en los referidos términos, es necesario que exista de manera programática y funcional, el proyecto Fiscalización de cumplimiento financiero ”.

De esta manera, se advierte que con lo antes ilustrado se cumple con la condición establecida en el inciso que nos ocupa, con la salvedad de que es importante homologar la información que existe en ambos documentos. b) El tipo de bien o servicio otorgado El tipo de bien o servicio otorgado que proporciona el sujeto evaluado, es el Informe de Resultados y los pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización superior a entidades estatales y municipales emitidos, y se encuentran referidos tanto en su diagnóstico, como en su árbol de problemas, de la siguiente forma: - Diagnóstico (formato PbR-01a):

“…por lo que corresponde al papel que desempeña el Órgano Superior, es necesario advertir que la rendición de cuentas puede verse menoscabada al no realizar la fiscalización y consecuentemente con ello las entidades públicas no rindan cuentas de los recursos públicos…de no entregar de manera oportuna el Informe de Resultados que presenta a la Legislatura local”.

- Árbol de Problemas:

“…El informe de Resultados (sic) es entregado en tiempo y forma” “Las observaciones y promoción de acciones derivadas de la fiscalización de las entidades estatales y municipales se dan a conocer (sic) de manera extemporánea”

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- Árbol de Objetivos: “…El informe de Resultados es entregado en tiempo y forma”

“Las observaciones y promoción de acciones derivadas de la fiscalización de las entidades estatales y municipales se dan a conocer de manera oportuna”

Ahora bien por lo que hace a la información del formato PbR-01a del SPP, encontramos que sólo se hace referencia al ámbito de aplicación de los actos de fiscalización superior, no del producto que se obtiene con la realización de los mismos por el proyecto evaluado, por lo cual se sugiere se incluya en la sintaxis del apartado en comento. c) Este sistematizada Respecto al requisito de contar con la información sistematizada del área de enfoque, tenemos que la misma se procesa a través de la página web del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, en el apartado de Informes sobre Fiscalización Superior de Cuentas Públicas, en donde la sociedad tiene la posibilidad de consultar los resultados de los actos de fiscalización superior desde el ejercicio 2007 al 2018, esto hace patente que para realizar la consulta se encuentre la información concentrada en una base de datos en un sistema informático por ejercicio fiscal auditado, con lo que se da cumplimiento al mandato legal de la materia. d) Cuente con mecanismos documentados para su depuración y actualización El área de enfoque del proyecto evaluado, tiene mecanismos y documentos para su depuración, y tiene su fundamento en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México en el artículo 50 se establece:

“… El Órgano Superior tendrá un plazo improrrogable que vence el 30 de septiembre del año en que se entreguen las cuentas públicas, para realizar su examen, presentar ante la Comisión de Vigilancia… el correspondiente Informe de Resultados…”.

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Por lo que para acatar este mandato, cada año se deberán revisar las cuentas públicas y ello implica la revisión de la documentación con la que cuentan las entidades fiscalizables al momento de acudir el personal del OSFEM para ejecutar actos de fiscalización superior y actualización del padrón de entidades fiscalizables, por lo que la información no se puede duplicar con la de otros Informes de Resultados, pues contiene los datos más actuales, en virtud de que corresponden a la revisión de un ejercicio fiscal determinado, que no es el mismo que el de años anteriores. 8. Si el Pp cuenta con mecanismos para la rendición de cuentas y la transparencia que guarda la población o área de enfoque atendida, explique el procedimiento para llevarlo a cabo, las variables que mide y la temporalidad de las mediciones. Respuesta: Sí

Justificación:

El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, como entidad local realiza actos de prevención mediante la revisión y fiscalización de los recursos públicos con el objeto de reducir daños patrimoniales en el sector gubernamental. Estas buenas prácticas han dotado a las entidades de fiscalización superior del mundo, el reconocimiento de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) debido a que abonan a la eficiencia, la rendición de cuentas y la transparencia de la administración pública global, labor que se ha desarrollado a través de las directrices que ha emitido la INTOSAI con la norma ISSAI 12, que hace referencia al valor que tienen los actos de fiscalización superior en la vida de los ciudadanos y para ello resulta imprescindible contar con el personal competente para tal fin como se prevé en la ISSAI 40. El OSFEM con el acto de presentar el Informe de Resultados a la Comisión de Vigilancia de la Legislatura del Estado de México, hace patente que tiene un mecanismo para la rendición de cuentas y transparencia del proyecto evaluado ante la ciudadanía, pues con esta acción se informan los resultados obtenidos de la fiscalización y revisión de las cuentas públicas de las entidades fiscalizables del Estado de México y Municipios correspondiente a un ejercicio fiscal, el cual es publicado inmediatamente a su entrega por los medios electrónicos con los que cuenta éste órgano técnico, que es su página web a la que puede acceder cualquier persona.

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Ahora bien, las variables que mide y su temporalidad tienen que ver con los indicadores que la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) maneja en los niveles Fin y Componente número uno, en los que las variables son determinadas a partir del mandato legal en comento, artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y las mediciones se realizan de manera anual en el tercer trimestre, por la naturaleza única de la emisión del Informe de Resultados y la fecha en la que se debe de cumplir con la entrega. Por lo que hace a los pliegos de observaciones y oficios de recomendaciones estatales y municipales de igual forma son de emisión anual, ya que se formulan como resultado de la revisión de un ejercicio fiscal en concreto, tal y como lo establece el artículo 52 de la legislación en cita:

“Artículo 52.- El Órgano Superior en el informe de resultados, dará cuenta por medio de la Comisión, a la Legislatura de los pliegos de las observaciones y recomendaciones que hubiere formulado…”

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9. Para cada uno de los Componentes de la MIR del Programa presupuestario, se toma como referencia una o un grupo de Actividades que:

a) Están claramente especificadas, es decir, no existe ambigüedad en su

redacción.

b) Están ordenadas de manera cronológica.

c) Son necesarias, es decir, ninguna de las Actividades es prescindible para

producir los Componentes.

d) Su realización genera junto con los supuestos en ese nivel de objetivos los

Componentes.

Respuesta: Sí

Nivel Criterios

4 Las actividades del Pp cumplen en promedio con un valor entre

3.5 y 4 características establecidas en la pregunta.

Justificación:

Para cada uno de los Componentes de la MIR, sí se toman como referencia un grupo de actividades, mismos que se encuentran relacionados con el proyecto evaluado. Así, para emitir los pliegos de observaciones y los oficios de promoción de acciones es necesario ejecutar auditorías de cumplimiento financiero y revisiones a las entidades de los ámbitos estatal y municipal que ejercen recursos públicos. Por lo que hace a la presentación del Informe de Resultados entregado, es menester, la elaboración de los informes de fiscalización de cumplimiento financiero de los ámbitos estatal y municipal, no así el análisis de las contestaciones recibidas durante la etapa de aclaración. Sin embargo, el orden de los Componentes no es el óptimo ya que cronológicamente primero se desarrollan las auditorías y las revisiones y posteriormente se integra y entrega el Informe de Resultados de la fiscalización superior a entidades de los ámbitos estatal y municipal.

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De acuerdo a los criterios establecidos en la pregunta encontramos lo siguiente: a) Están claramente especificadas, es decir, no existe ambigüedad en su

redacción.

Las actividades relacionadas con el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento

Financiero” del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” que se

encuentran contenidas en la MIR que presenta el sujeto evaluado, en su mayoría

están claramente especificadas, sin embargo en la actividad:

“1.2. Elaboración de los informes de fiscalización de cumplimiento financiero de los

ámbitos estatal y municipal”

Se advierte que esta actividad no se encuentra referida en la Ley de Fiscalización

Superior del Estado de México y ello obedece a que se trata del concentrado de

información que contiene los resultados de cada auditoría, revisión y/o evaluación

que se realiza por grupo auditor, es un presupuesto necesario, un insumo con el

que se integra el Informe de Resultados, por lo que se trata de un paso intermedio

entre ambas actividades, por lo que se sugiere valorar la pertinencia de que se

establezca en la MIR.

Respecto a la actividad:

“1.3 Revisión y análisis de las contestaciones recibidas en la etapa de aclaración.”

Esto hace referencia a las atribuciones que tiene la Unidad de Solventaciones del

Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, establecidas en su ley, en

donde dispone que los actos que se llevan a cabo para realizar esta actividad, son

recibir aclaraciones de las observaciones contenidas en los pliegos formulados y

que son notificados a los servidores públicos de la entidad fiscalizable o quienes

hayan dejado de serlo, que presuntamente cometieron una irregularidad en su

encargo, así como la recepción de documentación con la que pretendan

solventarlas.

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Lo anterior, obedece a que el fin de la etapa de aclaración, es dar oportunidad de

justificar las observaciones señaladas en los documentos de referencia, antes de

remitirlos a las instancias legales, previa calificación de faltas administrativas y la

emisión del respectivo informe de presunta responsabilidad administrativa. Por lo

anterior, es que se sugiere se modifique la sintaxis de esta actividad.

Por lo que, si bien es cierto, no hay ambigüedad en la redacción de las actividades

de la MIR en lo que respecta al proyecto evaluado, también lo es que resulta

importante tomar en consideración las precisiones antes acotadas.

b) Están ordenadas de manera cronológica. Las actividades de la Matriz de Indicadores para Resultados que presenta el sujeto evaluado, NO se encuentran ordenadas de manera cronológica, ya que al anteponer en el apartado de Componentes el relativo al “Informe de Resultados entregado” que es el servicio principal que otorga el OSFEM derivado de la ejecución de actos de fiscalización superior, se posterga la emisión de Pliegos de Observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales, de revisión y fiscalización, pues primero se formulan los documentos de referencia y posteriormente con ellos se integra el Informe de Resultados. Por lo que hace a la MIR que la UIPPE publica, la misma no contiene actividades, ni información relacionada con el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, por lo que se sugiere incluirla. c) Son necesarias, es decir, ninguna de las Actividades es prescindible para producir los Componentes. Las actividades que se encuentran en la MIR que presenta el sujeto evaluado, en su mayoría no son prescindibles, pues se trata de elementos que alimentan el logro de los Componentes. Sin embargo, la actividad relacionada con la emisión de los informes de fiscalización de cumplimiento financiero de los ámbitos estatal y municipal, no se encuentra relacionada con una actividad propia e independiente con la que se

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alimente el nivel Componente, ello en atención a que al ser el resultado de las auditorías constituye por sí mismo el insumo para integrar el Informe de Resultados, al igual que los pliegos de observaciones y los oficios de promoción de acciones, informes que son propiamente el documento en el que se concentran los resultados de la auditoría, evaluación o revisión. Por lo tanto, se considera que la actividad en comento es prescindible al ser el resultado de los actos de fiscalización superior, la cual no cuenta con sustento normativo. d) Su realización genera junto con los supuestos en ese nivel de objetivos los Componentes. En la MIR que presentó el sujeto evaluado, y en la que se adicionó un Componente a la que se encuentra publicada en la página web del Poder Legislativo por la UIPPE de la Secretaría de Administración y Finanzas, las actividades generan junto con los supuestos en ese nivel de objetivos los Componentes, esto para la adecuada integración y consecución del nivel Propósito al que se le suma dos indicadores de desempeño con su respectivo nombre, ambos pertenecientes al resumen narrativo del nivel Propósito que abonó a la restructuración semántica del nivel Fin. Así las actividades descritas en la MIR, al llevarlas a cabo generan junto con sus supuestos cada uno de los Componentes, tal y como lo establece los “Lineamientos y reglas para la implementación del Presupuesto basado en Resultados (PbR)”. En lo que respecta a la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), que tiene la UIPPE del Poder Legislativo y que es la que se incorpora al Sistema de Planeación y Programación (SPP) de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y que se encuentra publicada en su página web, encontramos que esta no contiene información respecto al proyecto evaluado, por lo que se sugiere se incluya. 10. Los Componentes del Pp integrados en la MIR cumplen con las siguientes características:

a) Son los bienes o servicios que produce el Pp.

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b) Están redactados como resultados logrados, por ejemplo, informes

realizados o proyectos desarrollados.

c) Son necesarios, es decir, ninguno de los Componentes es prescindible para

generar el Propósito.

d) Su realización genera junto con los supuestos en ese nivel de objetivos el

Propósito

Respuesta: Sí

Nivel Criterios

4 Los Componentes del Pp cumplen en promedio con un valor

entre 3.5 y 4 características establecidas en la pregunta.

Justificación

La MIR que presenta el sujeto evaluado, tiene TRES Componentes, dos de los cuales están relacionados directamente con el proyecto evaluado y de los cuales se comenta lo siguiente:

Número Componentes MIR OSFEM 2019

1 Informe de Resultados entregado, tal como se establece en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

2 Pliegos de Observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos

3 Pliegos de Recomendaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos

Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado.

a) Son los bienes o servicios que produce el Pp.

b) Están redactados como resultados logrados, por ejemplo, informes

realizados o proyectos desarrollados.

Actualmente, en primer término se hace referencia al servicio que el sujeto evaluado presta, que es el: “Informe de Resultados entregado”, con lo cual da cumplimiento a la obligación legal ante la Comisión de Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, tal y como lo establece el artículo

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50 de la ley de la materia en estudio. El que se encuentra redactado como un servicio concluido. Ahora bien, por lo que hace al procedimiento legal que se determinó en el numeral en cita, se advierte que actualmente se cumple con todos los actos que se deben realizar para tener por entregado el servicio que el sujeto evaluado proporciona con el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” que son la presentación del Informe de Resultados a más tardar el 30 de septiembre del año en que se entreguen las cuentas públicas y la publicación inmediata en medios electrónicos. De igual manera, se advierte que tanto la formulación de pliegos de observaciones, pliegos de recomendaciones así como de los oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales, son servicios del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental”, tal y como se dispone en el artículo 13 fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. Componente que de igual manera tiene la redacción requerida por la condición, ya que son documentos emitidos, lo que denota que son servicios otorgados por el proyecto evaluado como terminados. Por lo que la condición para los incisos a y b se encuentra cumplida satisfactoriamente. c) Son necesarios, es decir, ninguno de los Componentes es prescindible para generar el Propósito Los Componentes de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado, son necesarios para generar el nivel Propósito, en atención a la disposición legal referida en los anteriores incisos, por lo que ninguno es prescindible. Por su parte, la MIR de la UIPPE, si bien sus componentes generan el nivel Propósito también lo es que en la misma no hay información referente al proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, por lo que se sugiere homologar la información de ambos documentos. d) Su realización genera junto con los supuestos en ese nivel de objetivos el Propósito.

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Al llevar a cabo la lectura vertical de la MIR que presenta el sujeto evaluado, la redacción de los resúmenes narrativos relacionados con el nivel Componente es correcta y suficiente ya que el servicio principal que otorga el sujeto evaluado, es la entrega del Informe de Resultados, el cual de acuerdo a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México debe ser entregado oportunamente en la fecha señalada, así como su publicación inmediata en la página del OSFEM. Ello previo a la emisión de los Pliegos de Observaciones, Pliegos de Recomendaciones y oficios de promoción de acciones que son parte de los entregables a nivel Componente para los servidores públicos o quienes hayan dejado de serlo. Por lo que, sí hay consistencia entre los Componentes y sus Supuestos porque generan el nivel del Propósito, sin embargo se sugiere afinar la sintaxis de los Supuestos relacionados con los indicadores de desempeño con los que se obtiene el porcentaje de entidades estatales y municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero, en atención a que se advierte ambigüedad en los mismos. De nueva cuenta se hace mención al hecho de que en la MIR de la UIPPE, no hay información referente al proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, por lo que se sugiere incluirla. 11. El Propósito de la MIR ¿cuenta con las siguientes características?:

a) Es consecuencia directa que se espera ocurrirá como resultado de los

Componentes y los supuestos a ese nivel de objetivos.

b) Su logro no está controlado por los responsables del Pp.

c) Es único, es decir, incluye sólo un objetivo.

d) Está redactado como una situación alcanzada, por ejemplo: seguridad

nacional consolidada o proyectos de inversión concretados.

e) Incluye la población o área de enfoque objetivo.

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El propósito cumple con todas las características establecidas

en la pregunta.

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Justificación:

a) Es consecuencia directa que se espera ocurrirá como resultado de los

Componentes y los Supuestos a ese nivel de objetivos.

El resumen narrativo del nivel Propósito establecido en la MIR que presenta el sujeto evaluado es el siguiente: “Las entidades públicas estatales y municipales y sus programas presupuestarios son fiscalizados”. Es generado por los tres Componentes que se encuentran en ese nivel de objetivos, relativos a los actos de entregar el Informe de Resultados que se establece en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y de emitir pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades públicas estatales y municipales; así como sus respectivos Supuestos, los que son ilustrados en la siguiente tabla:

Componentes Supuestos

Informe de Resultados entregado La Legislatura del Estado de México recibe el Informe de Resultados en tiempo y forma.

Pliegos de Observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos

Las entidades estatales y municipales atienden los requerimientos de información en tiempo y forma.

Pliegos de Recomendaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos

Las entidades estatales y municipales atienden los requerimientos de información en tiempo y forma.

Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 presentada por el sujeto evaluado.

Los Componentes demuestran que son las acciones necesarias que tiene que realizar el sujeto evaluado para lograr el Propósito, como lo es el hecho de que las entidades públicas estatales y municipales y sus programas presupuestarios se encuentren fiscalizados cada ejercicio fiscal, en atención a que de acuerdo a la Metodología para la Construcción de la Matriz de Indicadores para Resultados, se debe mostrar el cambio esperado en el área de enfoque, y con el que se justifica la existencia del Programa presupuestario, que es la problemática que se plantea.

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De esta manera, la fiscalización y revisión de los resultados de la gestión de las entidades estatales y municipales es conocida por la Legislatura y la sociedad, siendo la consecuencia directa que se espera ocurrirá como resultado de la entrega y la publicación del Informe de Resultados y sus respectivos supuestos constituye la acción de recibir el Informe de Resultados. Así mismo, tenemos que la emisión de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones, son el resultado de revisar y fiscalizar el cumplimiento financiero de las entidades públicas estatales y municipales que ejercen recursos públicos, los que son notificados a los servidores públicos y a quienes hayan dejado de serlo, para que justifiquen, aclaren o resarzan el daño a la hacienda pública, deslindando las responsabilidades que resulten de esta situación ante las autoridades competentes o en su defecto, lo atiendan favorablemente en la etapa de aclaración, prevista en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México. No obstante lo anterior se sugiere afinar la redacción de los Supuestos cuando se hace referencia a la atención de requerimientos, ya que la acción que se lleva a cabo en realidad es la entrega de información solicitada para ejecutar actos de fiscalización superior, y no es un requerimiento en términos de incumplimiento a una obligación. b) Su logro no está controlado por los responsables del Pp.

El hecho de que las entidades estatales y municipales entreguen en tiempo y forma los requerimientos de información que les realiza este Órgano Técnico de la Legislatura resulta imprescindible para que el sujeto evaluado pueda ejecutar actos de fiscalización superior, atribución que tiene conferida por ley. Por lo que no se encuentra controlado por el sujeto evaluado, la colaboración de las entidades estatales y municipales es importante, en atención a que mediante la oportuna y correcta entrega de la información solicitada, para revisarla y fiscalizarla, se podrá integrar el Informe de Resultados, verificando la obtención, administración y aplicación de los recursos públicos que reciben las entidades estatales y municipales, mediante el cumplimiento de las disposiciones legales emitidas para tal fin. c) Es único, es decir, incluye sólo un objetivo.

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El Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” incluye un solo objetivo en el resumen narrativo de su nivel Propósito, por lo que se cumple con la condición establecida en este inciso, en atención a que el elaborar más de un resumen narrativo del nivel Propósito propicia la dispersión del direccionamiento de los recursos asignados a un Programa presupuestario, pues no se contaría con objetivos claros y la problemática planteada en el “Árbol de Problemas” no alcanzaría la solución a la situación controvertida que la administración pública busca resolver con la ejecución del programa. d) Está redactado como una situación alcanzada. El resumen narrativo del nivel Propósito, se encuentra redactado como una situación alcanzada, en atención a que en la misma se advierte una afirmación de acción consumada al decir: “Las entidades públicas estatales y municipales y sus programas presupuestarios son fiscalizados.” Lo que se traduce en un presupuesto que debe estar cumplido para que el sujeto evaluado tenga por elaborado integralmente su servicio, que es el entregar el Informe de Resultados, y emite Pliegos de Observaciones, Pliegos de Recomendaciones y oficios de promoción de acciones que lo sustentan y que son notificados a los servidores públicos o a quienes hayan dejado de serlo. e) Incluye la población o área de enfoque objetivo. Está incluida el área de enfoque en el resumen narrativo del nivel Propósito de la MIR que presenta el sujeto evaluado, precisando que son las entidades estatales y municipales y a las que se hace referencia correctamente desde la elaboración del diagnóstico de la problemática que desea atender en el “Árbol del Problemas” y en el “Árbol de Objetivos”, donde acertadamente se precisó como área de enfoque como se muestra en el siguiente recuadro:

Área de Enfoque Objetivo

Árbol de Problemas Árbol de Objetivos

“Las entidades públicas estatales y municipales y los programas presupuestarios no son fiscalizados de manera eficiente y oportuna”

“Las entidades públicas estatales y municipales y los programas presupuestarios son fiscalizados”.

Fuente: Elaboración propia con información del Árbol de Problemas y el Árbol de Objetivos 2019 que presentó el sujeto evaluado.

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Que para este caso, se encuentra definida en el Programa Anual de Fiscalización del OSFEM que se encuentra publicado en su página web. 12. ¿El Fin de la MIR cuenta con las siguientes características?

a) Está claramente especificado, es decir, no existe ambigüedad en su

redacción.

b) Es un objetivo superior al que el Pp contribuye, es decir, no se espera que

la ejecución del Pp sea suficiente para alcanzar el Fin.

c) Su logro no está controlado por los responsables del Pp.

d) Es único, es decir, incluye un solo objetivo.

e) Está vinculado con objetivos estratégicos de la dependencia o del programa

sectorial.

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 El Fin cumple con todas las características establecidas en la

pregunta.

Justificación

En la sintaxis del resumen narrativo del nivel Fin, se deben establecer los objetivos de desarrollo u objetivos estratégicos que deberán alcanzarse en el mediano o largo plazo con la ejecución del Programa presupuestario, así como su impacto con el Plan Nacional de Desarrollo (2019-2024) y el Plan de Desarrollo del Estado de México (2017-2023) respectivamente. De esta manera, los resultados que se esperan con el cumplimiento del Fin, se consolidan a largo plazo. El objetivo estratégico de carácter superior, al que el nivel Fin aporta en la Matriz de Indicadores para Resultados 2019 presentada por el sujeto evaluado, es: “Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos por parte de los gobiernos estatal y municipales, mediante la fiscalización de las cuentas públicas”.

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En atención a ello, se comenta lo siguiente: a) Está claramente especificado, es decir, no existe ambigüedad en su

redacción.

Sí se encuentra claramente especificado y cumple con los requisitos que para tal fin se establece en la Metodología del Marco Lógico (MML) y la de la construcción de la Matriz para Indicadores de Resultados, pues refiere la forma en la que contribuye a un fin superior. Por ello, en la lectura vertical de los objetivos que se encuentran en el resumen narrativo de cada nivel, es correcta, ya que cada actividad alimenta a los Componentes, los que a su vez llevan al logro del Propósito el que consolida el Fin, el que contribuye a uno superior. Esto es así, en atención a que una vez que las cuentas públicas de las entidades estatales y municipales se encuentran revisadas y fiscalizadas, es que la ciudadanía toma conocimiento de la aplicación de los recursos públicos que fueron asignados y los resultados ya fueron publicados en la página web de éste Órgano Técnico de la Legislatura del Estado de México. Por lo que se advierte una correcta relación causal entre el Propósito y el Fin y se cumple la condición requerida en este inciso. b) Es un objetivo superior al que el Pp contribuye, es decir, no se espera que la ejecución del Pp sea suficiente para alcanzar el Fin. Sí contribuye el Pp a un objetivo superior, ya que la rendición de cuentas abona a la transparencia del actuar gubernamental y es una obligación que tienen las entidades públicas en todos sus ámbitos, nacionales e internacionales, por lo que se considera que es global. La fiscalización de las cuentas públicas, fortalece el cumplimiento que las entidades fiscalizables deben realizar del ejercicio de los recursos públicos que les son asignados. c) Su logro no está controlado por los responsables del Pp.

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El resumen narrativo del nivel Fin, refiere que su contribución no es controlada por el responsable del Programa presupuestario, en virtud de que es imprescindible que las entidades fiscalizables cumplan con sus responsabilidades respecto a la rendición de cuentas con el Gobierno del Estado de México, así como a la entrega a este Órgano Técnico de la documentación, con la que se llevan a cabo los actos de fiscalización superior. Por lo que estamos frente a una condición cumplida en la pregunta. d) Es único, es decir, incluye un solo objetivo. El resumen narrativo atiende a las recomendaciones sintácticas incluyendo la palabra “Contribuir…” denotando que el Programa presupuestario por sí solo no es suficiente para dar atención y mejorar “la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos”, permitiendo que en complementariedad con otros Programas presupuestarios del Gobierno del Estado de México se dé cumplimiento a las políticas de gestión gubernamental. En lo concerniente al Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” en su proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” se advierte coincidencia y complementariedad con el Programa presupuestario “Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Público” para fomentar y fortalecer a través del seguimiento, control y evaluación de la administración pública estatal y municipal, con el objeto de asegurar mayor transparencia y una actuación ética y eficaz de los servidores públicos del Estado de México y Municipios. Acción que el sujeto evaluado lleva a cabo al remitir a la Contraloría del Estado de México y a los Órgano Internos de Control Municipales los oficios de promoción de acciones que son formulados al momento de realizar las auditorías y revisiones de cumplimiento financiero, para que les dé seguimiento en su cumplimiento. e) Está vinculado con objetivos estratégicos de la dependencia o del programa sectorial. El resumen narrativo del nivel de objetivos Fin, se orienta al objetivo del eje transversal del PDEM 2017-2023 “Gobierno Capaz y Responsable” demostrándose de esta manera la relación con lo estipulado en los documentos de planeación estatal y sectorial que a la fecha se encuentran vigentes.

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Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) Plan de Desarrollo del Estado de México (2017-2023)

Nivel de Objetivos: FIN Eje Transversal 2: “Gobierno Capaz y Responsable”

Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos por parte de los gobiernos estatal y municipales, mediante la fiscalización de las cuentas públicas.

Objetivo 5.5: Promover instituciones de gobierno transparentes que rindan cuentas.

De igual manera, se demuestra la vinculación del FIN con los objetivos estratégicos de la dependencia, que están plasmados en el Documento Rector de Planeación Institucional del OSFEM 2018-2024, de la siguiente manera:

Plan Rector del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

Misión

Visión

EJES ESTRATÉGICOS

Información

EJES TRANSVERSALES

Desarrollo Sostenible

Objetivo: Coadyuvar a que los entes públicos de los Poderes del Estado, Organismos Autónomos y de los Municipios se desempeñen bajo estándares de transparencia, eficiencia y

responsabilidad a través de auditorías, revisiones y evaluaciones a políticas, programas, que posibiliten el seguimiento al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en la

Entidad.

Línea de Acción: Fortalecer la rendición de cuentas mediante la evaluación de la economía, eficacia, eficiencia y calidad de los programas gubernamentales para la consecución de los

Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Así, se advierte que el sujeto evaluado opera con apego a la normatividad y bajo los estándares nacionales que los pares internacionales establecen en la materia, como ya se ha mencionado en la respuesta a la pregunta número dos. Por lo tanto, se tiene por cumplida satisfactoriamente esta condición. 13. ¿En el documento normativo del Pp es posible identificar el resumen narrativo de la MIR (Fin, Propósito, Componentes y Actividades)? Respuesta: Sí

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Nivel Supuestos que se verifican

4 Algunas de las Actividades, todos los Componentes, el Propósito y el Fin de la MIR se identifican en el documento normativo del Pp.

Justificación

Se identifica en documentos normativos del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental”, el resumen narrativo de los niveles Fin, Propósito, Componentes y Actividades de la MIR registrada en el SPP. Sin embargo, los resúmenes narrativos de la MIR Fin y Propósito, poseen términos en común con los documentos normativos que a continuación se ilustra en los siguientes cuadros:

Resumen Narrativo (MIR)

FIN

Manual General de Organización

Objetivo AEFOI, AEIMPI y US

Formato PbR-01a Objetivo del Proyecto

(sujeto evaluado)

Formato PbR-01a SPP UIPPE

“Contribuir a la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos por parte de los gobiernos estatal y municipales, mediante la fiscalización de las cuentas públicas”

“Revisar la fiscalización de los fondos, cuentas públicas, deuda pública y actos relativos al ejercicio y aplicación de los recursos públicos de las entidades fiscalizables del Estado de México”. (AEFOI) “Verificar el cumplimiento del Programa Anual de Fiscalización, y la revisión de las cuentas públicas del Gobierno del Estado de México y municipios” (AEIMPI) “Atender la etapa de aclaración de los actos de fiscalización practicados por el Órgano Superior a las entidades fiscalizables” (US)

“Fiscalizar la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento, y garantizar la aclaración de las observaciones derivadas de los actos de fiscalización”

“Fiscalizar la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento, y garantizar la aclaración de observaciones derivadas de los actos de fiscalización”.

PROPÓSITO

“Las entidades públicas estatales y municipales y

sus programas presupuestarios son

fiscalizados”

Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado, Manual General de Organización del OSFEM y formato PpR-01a que presenta el sujeto evaluado y formato PbR-01a del SPP (UIPPE).

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Por su parte en el nivel Componente, en relación con el proyecto evaluado, se advierte que en dos de sus resúmenes narrativos e indicadores, se encuentran las mismas actividades que en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, el Manual General de Organización del OSFEM en el apartado de funciones, así como en el Reglamento Interior donde establece:

Resumen Narrativo

(MIR)

COMPONENTE

Indicadores

Nombre

Manual General de

Organización Funciones de las

unidades administrativas ejecutoras del

proyecto

“Fiscalización de Cumplimiento

Financiero”

Reglamento Interior del Órgano superior de Fiscalización del Estado de México

Ley de

Fiscalización Superior del Estado de

México

1. Informe de Resultados entregado

Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

“Acordar con el Auditor Superior el Programa Anual de Fiscalización de la Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación; de la Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación; así como la integración de la información de la Auditoría Especial de Desempeño e Investigación”. (AEIMPI) “Promover y dar a conocer los resultados de los actos de fiscalización” (AEFOI)

“Art 11… VIII. Intervenir en el marco de su competencia, en la elaboración del Informe de resultados de la Revisión y Fiscalización de las Cuentas Públicas” (AEFOI) “Art. 18… XV. Intervenir en el marco de su competencia, en la elaboración del Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización de las Cuentas Públicas” (AEIMPI) “Art. 46… IX. Intervenir en el marco de su competencia en la elaboración del Informe de Resultados de la Revisión y Fiscalización de las Cuentas Públicas” (US)

Art. 8 fracción: III. Revisar las cuentas públicas de las entidades fiscalizables y entregar a la Legislatura, a través de la Comisión, el informe de resultados y los informes de auditorías que correspondan. Art. 23 fracción: XV. Formular los proyectos de informe de resultados, así como los demás inherentes a sus atribuciones”

Porcentaje de pliegos de

observaciones y oficios de

promoción de acciones

derivados de la

“Emitir y autorizar los pliegos de

observaciones o recomendaciones y demás documentos

derivados de los actos de fiscalización que

“Art. 11… VIII. Emitir los pliegos de observaciones o recomendaciones y demás documentos derivados de los actos de fiscalización que

Art. 23 fracción: IV. Formular pliegos de

observaciones, en los términos de

esta Ley;”

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2. Pliegos de Observaciones y

oficios de promoción de acciones

derivados de la fiscalización a las

entidades estatales y municipales

emitidos

fiscalización superior a entidades estatales y municipales notificados

practiquen las unidades administrativas a su

cargo”. (AEIMPI)

“Coordinar la remisión de los pliegos de

observaciones a la Unidad de Solventaciones

para el desahogo de la etapa de aclaración”

(AEIMPI)

“Planificar el seguimiento a los pliegos de

observaciones y oficios de respuesta durante la

etapa de aclaración” (US)

“Instruir la atención a los servidores públicos de las entidades fiscalizables o quienes hayan dejado de

serlo, así como a las personas autorizadas,

para solventar las observaciones

determinadas por el Órgano Superior” (US)”

practiquen las unidades a su cargo” (AEFOI) “Art. 18 … IX. Emitir los pliegos de observaciones o recomendaciones y demás documentos derivados de los actos de fiscalización que practiquen las unidades administrativas a su cargo”. (AEIMPI) “Art. 46… I. Recibir y dar seguimiento a los pliegos de observaciones” (US)

Fuente: Elaboración propia, con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado y Manual General de Organización del OSFEM vigente.

Y cuentan con términos en común en el nivel Actividades, tanto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, el Reglamento Interior del ÓSFEM y el Manual General de Organización, como a continuación se muestra:

Resumen Narrativo

(MIR)

ACTIVIDADES

Indicadores

Nombre

Manual General de

Organización Funciones de las unidades administrativas ejecutoras del proyecto “Fiscalización

de Cumplimiento Financiero”

Reglamento

Interior del Órgano Superior de

Fiscalización del Estado de México

Ley de

Fiscalización Superior del Estado de

México

Elaboración de los informes de

fiscalización de cumplimiento

financiero de los ámbitos estatal y

municipal

Porcentaje de Informes de la

Fiscalización del Cumplimiento

Financiero elaborados

“Someter a consideración del superior jerárquico, los

resultados de los actos de fiscalización”

(AEFOI)

“Autorizar los documentos derivados de los actos de

fiscalización practicados por las unidades administrativas a su

“Artículo 11... V. Autorizar los documentos

derivados de los actos de

fiscalización practicados por las

unidades administrativas a su

cargo”

“Artículo 8… III. Revisar las

cuentas públicas de las

entidades fiscalizables y entregar a la Legislatura, a través de la Comisión, el

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cargo” (AEIMPI)

(AEFOI)

“Artículo 18... VI. Autorizar los documentos

derivados de los actos de

fiscalización practicados por las

unidades administrativas a su

cargo” (AEIMPI)

informe de resultados y los

informes de auditorías que correspondan”

“Artículo 50… La Comisión dará seguimiento a los

informes emitidos por el

Órgano Superior, que

incluirán de forma cualitativa y cuantitativa las observaciones y

recomendaciones así como los

procedimientos resarcitorios y

demás acciones promovidas, por

el OSFEM…”

Revisión y análisis de las

contestaciones recibidas durante

la etapa de aclaración

Porcentaje de Contestaciones analizadas en la

Etapa de Aclaración

“Instruir y dar seguimiento a las observaciones derivadas de los

actos de fiscalización” (US)

“Artículo 46… II. Recibir y turnar los oficios de respuesta formulados para la solventación de observaciones

derivadas de los actos de

fiscalización practicados por el Órgano Superior, y

determinar si la documentación y demás elementos

presentados son o no suficientes para

aclarar, solventar o demostrar que el daño ha quedado reparado”

(US)

“Artículo 53… La etapa de

aclaración tiene como finalidad

dar oportunidad a los servidores públicos de la

entidad fiscalizable o

quienes hayan dejado de serlo, para solventar y

aclarar el contenido de las observaciones o la determinación del daño y, en su

caso, cubrir el monto a que

ascienda y quede resarcido”

Ejecución de auditorías de cumplimiento

financiero a las entidades

estatales que ejercen recursos

públicos

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos

“Ordenar la práctica de auditorías, visitas e inspecciones

a las entidades fiscalizables, conforme al programa aprobado

por el superior jerárquico”

“Artículo 11… II. Ordenar la práctica

de actos de fiscalización a las

entidades fiscalizables

correspondientes, conforme al Programa Anual de Fiscalización

aprobado” (AEFOI)

“Artículo 8 … X. Realizar, de acuerdo con el programa anual

de auditorías aprobado, las auditorías y revisiones,

conforme a las normas

profesionales

Ejecución de auditorías de cumplimiento

Porcentaje de auditorías de cumplimiento

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financiero a las entidades

municipales que ejercen recursos

públicos

financiero realizadas a entidades municipales que ejercen recursos públicos

(AEFOI) (AEIMPI)

“Artículo 18…

III. Ordenar la práctica de actos de

fiscalización a las entidades

fiscalizables correspondientes,

conforme al Programa Anual de Fiscalización

aprobado” (AEIMPI)

homologadas emitidas por el

Sistema Nacional de Fiscalización,

el Sistema Estatal de

Fiscalización y otras normas de

auditoría, procedimientos

de auditoría, métodos y

sistemas de contabilidad y de

archivo de los libros y

documentos justificativos y

comprobatorios del ingreso y del gasto público,

que le permitan la práctica idónea de las auditorías y revisiones, que respondan a los

estándares internacionales, con apego a las disposiciones

legales, reglamentarias y administrativas

aplicables”

Ejecución de revisiones a entidades

estatales que ejercen recursos

públicos

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

“Coordinar, dirigir y controlar que las unidades administrativas a su

cargo den cumplimiento al Programa Anual de

Fiscalización aprobado” (AEIMPI)

“Artículo 18… XI. Validar y someter a

consideración del Auditor Superior los

lineamientos correspondientes que

determinen la intervención del

Órgano Superior en las entidades

fiscalizables, para que éstas cumplan con la entrega de

información financiera, contable,

patrimonial, presupuestal,

programática en sus informes mensuales

y en la cuenta pública, de control interno, así como la

“Artículo 39. El Órgano Superior,

en ejercicio de sus atribuciones de fiscalización, podrá realizar revisiones y auditorías en

relación con el ejercicio fiscal

sujeto a revisión”

Ejecución de revisiones a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos

Porcentaje de revisiones a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos

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relacionada a los actos de entrega-

recepción municipal; (AEIMPI)

De lo anterior se concluye que, en la lectura de la lógica vertical de la MIR que presenta el sujeto evaluado, se advierte la correspondencia que hay entre sus resúmenes narrativos, ya que con las actividades que se ejecutan, se integran los Componentes, los que a su vez dan como resultado el Propósito, el que abona al Fin. Esto es así, pues al realizar auditorías de cumplimiento financiero y revisiones a las entidades estatales y municipales que ejercen recursos públicos, los resultados obtenidos se concentran en los informes de fiscalización de cumplimiento financiero, con los que se integra el Informe de Resultados que se entrega a la Comisión de Vigilancia del OSFEM de la Legislatura local y se emiten los pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización, de esta manera se logra la fiscalización a las entidades públicas estatales y municipales del Estado de México y con ello se contribuye a la rendición de cuentas en México. En los documentos normativos no se hace referencia a la elaboración de los Informes de Fiscalización de Cumplimiento Financiero de los ámbitos estatal y municipal, por lo que se sugiere proponer su inclusión en ellos a efecto de darles sustento, pese a que como ya se mencionó son el resultado de las auditorías y revisiones y no un acto autónomo al acto de fiscalización superior. O en su defecto, prescindir de esta actividad como se mencionó en la pregunta nueve. Si bien es cierto, la MIR que se encuentra registrada en el SPP tiene una lectura vertical correcta con la información que presenta, también lo es que a la fecha no contiene información del proyecto evaluado, por lo que se sugiere homologarla, acción que se ejecutará a través del enlace oficial: Coordinación de Evaluación y Seguimiento del OSFEM, quien deberá desplegar las acciones necesarias para tal fin.

De la lógica horizontal de la Matriz de Indicadores para Resultados 14. ¿En cada uno de los niveles de objetivos de la MIR del Pp (Fin, Propósito, Componentes y Actividades) existen indicadores para medir el desempeño del Pp con las siguientes características?

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a) Claridad, el indicador deberá ser preciso e inequívoco; b) Relevancia, el indicador deberá reflejar una dimensión importante del logro

del objetivo; c) Economía, la información necesaria para generar el indicador deberá estar

disponible a un costo razonable; d) Monitoreable, el indicador podrá sujetarse a una verificación

independiente; y e) Adecuado, el indicador aportará una base suficiente para evaluar o valorar

el desempeño. Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 Los Indicadores del Pp cumplen en promedio con un valor entre 3.5 y 4 características establecidas en la pregunta.

Justificación

Para verificar el porcentaje del logro de los objetivos, resulta imprescindible que los indicadores cumplan con características de diseño a efecto de que sean monitoreables, lo anterior en apego a lo establecido en los Lineamientos y reglas para la implementación del Presupuesto basado en Resultados. En cada nivel de la Matriz de Indicadores para Resultados que presenta el sujeto evaluado, los indicadores de desempeño atienden a las siguientes condiciones:

1. Claridad

En general, hay claridad en la redacción de todos los indicadores que se encuentran en la MIR en los cuatro niveles de objetivos.

2. Relevancia En la Matriz de Indicadores para Resultados, todos los indicadores son relevantes, en atención a que contribuyen al logro de los objetivos de las funciones

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institucionales de la Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación, de la Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación y de la Unidad de Solventaciones, debido a que suministran los elementos necesarios para cada nivel que se mide, se encuentran definidos y muestran la practicidad que la metodología establece al respecto.

3. Economía

En las unidades administrativas que integran al sujeto evaluado, tienen en su poder evidencia material y disponible de la información necesaria para emitir los resultados de los indicadores contenidos en la Matriz de Indicadores para Resultados del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental”, respecto del proyecto evaluado, por lo que no es necesario en su operación realizar alguna erogación alguna.

4. Monitoreable

El diseño de los indicadores de la MIR, permite su cálculo y seguimiento de manera trimestral, como lo dispone la normatividad aplicable en materia de evaluación del desempeño, por lo que cuentan con una comprobación independiente a través de la revisión de los informes que se emiten con la periodicidad referida.

5. Adecuado

Los indicadores en general, aportan la base suficiente para evaluar el desempeño de los actos de fiscalización superior en relación al cumplimiento financiero de las entidades fiscalizables respecto a la aplicación de los recursos que les son asignados. Sin embargo, en lo tocante al indicador relacionado con el Componente tres, cabe señalar que se advierte necesario verificar las variables que lo integran. La MIR publicada en la página del Poder Legislativo del Estado de México que es la que se encuentra registrada en el SPP a la fecha no cuenta con información relacionada con el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, por lo que se sugiere incluirla.

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15. Las Fichas Técnicas de los indicadores del Pp cuentan con la siguiente información:

a) Nombre. b) Definición (interpretación). c) Método de cálculo. d) Unidad de Medida. e) Frecuencia de Medición. f) Línea base. g) Metas. h) Comportamiento del indicador (ascendente, descendente, regular o nominal)

Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 Las Fichas Técnicas de los indicadores del Pp tienen en promedio un valor entre 6 y 8 características establecidas en la pregunta.

Justificación

El sujeto evaluado presentó la MIR que como documento de control interno maneja y sus correspondientes fichas técnicas de seguimiento de indicadores 2019 del proyecto evaluado, con la siguiente información al tercer trimestre:

Nombre del indicador

Interpretación (Definición)

Método de Cálculo

Unidad de Medida

Frecuencia de

Medición Línea base Meta

Comportamiento del Indicador

Fin

Porcentaje de entidades

públicas que rinden cuentas

sobre el ejercicio de los

recursos públicos de

forma oportuna

Representa el número de entidades

públicas que entregan informe

de cuenta respecto del

total de entidades públicas

obligadas a entregar

(Entidades públicas que entregan sus

cuentas públicas al Poder

Legislativo de forma oportuna

entre

Informe

Anual

Entidades fiscalizables estatales y municipales

477 Semáforo

Verde Por

cumplimiento de la meta

Total de entidades públicas obligadas a entregar informe de cuenta pública

al Poder Legislativo)*100

477

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Propósito

Porcentaje de entidades estatales

fiscalizadas en materia de

cumplimiento financiero que

ejercen recursos públicos

Entidades estatales que

ejercen recursos públicos

fiscalizadas en materia de

cumplimiento financiero

respecto del total de

entidades estatales

(Entidades estatales que

ejercen recurso públicos

fiscalizadas en materia de

cumplimiento financiero

Entidad Anual Total de

entidades estatales

97 Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta

Total de entidades estatales)*100

97

Porcentaje de entidades

municipales fiscalizadas en

materia de cumplimiento financiero que

ejercen recursos públicos

Entidades municipales que ejercen recursos

públicos fiscalizadas en

materia de cumplimiento

financiero respecto del

total de entidades

municipales

(Entidades municipales que ejercen recursos

públicos fiscalizadas en

materia de cumplimiento

financiero entre

Entidad Anual Total de

entidades municipales

380 Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta Total de entidades municipales)*100

380

Componentes

Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

El Órgano Superior de

Fiscalización del Estado de

México tendrá un plazo

improrrogable que vence el 30 de septiembre del año en que se entregan las

cuentas públicas para rendir a la Legislatura, por conducto de la Comisión de Vigilancia, el Informe de Resultados

(Informe de Resultados

entregado a la Legislatura del

Estado de México entre

Informe Anual Un Informe de

Resultados

1

Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta Informe de Resultados

programado para entregar a la

Legislatura del Estado de

México)*100

1

Porcentaje de pliego de

observaciones y oficios de

promoción de acciones

derivados de la fiscalización a las entidades estatales y

municipales emitidos

Porcentaje de pliegos de

observaciones y oficios de

promoción de acciones

notificados

Pliegos de observaciones y

oficios de promoción de

acciones notificados

derivados de la fiscalización a

entidades estatales y

municipales entre

Pliegos de Observaciones

y oficios de promoción de

acciones

Semestral

Total de pliegos de

observaciones y oficios de

promoción de acciones

realizados

137

Semáforo Morado por superávit

Pliegos de observaciones y

oficios de promoción de

acciones realizados)*100

883

Actividades Porcentaje de Informes de la

Permite conocer el porcentaje de

(Informes de la Fiscalización del

Informes Semestral Total de

informes de 1189

Semáforo Verde

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Fiscalización del

Cumplimiento Financiero elaborados

informes de fiscalización de cumplimiento

financiero realizados

respecto del total programado

Cumplimiento Financiero

elaborados entre

fiscalización de cumplimiento

financiero

por cumplimiento

de la meta

Total de informes de la Fiscalización del Cumplimiento

Financiero programados)*100

1189

Porcentaje de Contestaciones analizadas en la

Etapa de Aclaración

Representa el porcentaje de

contestaciones analizadas

durante la Etapa de Aclaración, respecto del

total de contestaciones

que fueron recibidas

(Total de Contestaciones

Analizadas entre

Reporte Semestral

Contestaciones recibidas de los ámbitos

estatal y municipal

3

Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta

Total de Contestaciones recibidas)*100

3

Porcentaje de auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

estatales que ejercen recursos públicos

Representa el porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero a entidades estatales realizadas

respecto de las auditorías de cumplimiento financiero a entidades estatales

programadas

Auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

estatales que ejercen recursos

públicos entre

Auditorías

Semestral

Auditorías a entidades estatales

9

Semáforo amarillo

Auditorías de cumplimiento financiero a entidades estatales

programadas)*100

8

Porcentaje de auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos públicos

Representa el porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero a entidades

municipales realizadas

respecto de las auditorías de cumplimiento financiero a entidades

municipales programadas

(Auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos entre Auditorías Semestral

Auditorías a entidades

municipales

33

Semáforo amarillo

Auditorías de cumplimiento financiero a entidades

municipales programadas)*100

25

Porcentaje de revisiones a entidades

estatales que ejercen recursos públicos

Permite conocer el porcentaje de

revisiones de cumplimiento

financiero de las entidades

estatales realizadas

respecto de las revisiones de cumplimiento

financiero programadas

(Revisiones de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

estatales que ejercen recursos

públicos entre Revisiones Semestral

Revisiones a

entidades estatales

97

Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta Revisiones de cumplimiento financiero a entidades estatales

programadas)*100

97

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Porcentaje de revisiones a entidades

municipales que ejercen recursos públicos

Permite conocer el porcentaje de

revisiones de cumplimiento

financiero de las entidades estatales realizadas

respecto del total de

revisiones programadas

(Revisiones de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos entre

Revisiones

Semestral Revisiones a

entidades municipales

1530 _______ 1528

Semáforo Verde

por cumplimiento

de la meta Revisiones de cumplimiento financiero a entidades

municipales programadas)*100

Fuente: Elaboración propia, con información de las Fichas Técnicas de Diseño y Seguimiento de Indicadores 2019 del sujeto evaluado.

De lo anterior se advierte que el indicador denominado “Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos”, en el apartado línea base se hace referencia al total de entidades municipales, cuantificadas en 380 y en el PAF publicado en la página del OSFEM se hace mención a 125 Ayuntamientos, 125 DIF, 45 ODAS, 1 MAVICI, 87 IMCUFIDES y 1 IMJUVE que en total arrojan como resultado 384 entidades y no las señaladas en la ficha, por lo que resulta importante verificar esta información y en su caso, homologarla. Respecto al indicador “Porcentaje de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización superior a entidades estatales y municipales” en las variables de la fórmula de cálculo NOTIFICADOS sobre REALIZADOS no reflejan la dimensión correcta que se busca medir, en atención a que la notificación de los mismos depende de un área distinta a la que ejecuta los actos de fiscalización superior, lo que implica un desfase temporal en su programación para el cumplimiento de la actividad y en consecuencia, los resultados del indicador al tercer trimestre del año 2019 presentan un superávit, con un intervalo de eficiencia 644.5% en adelante, lo que hace patente que no es el indicador adecuado para medir el Componente 3 de la MIR, pese a que en el apartado de la descripción de resultados y justificación en caso de variación superior a más menos 10 por ciento respecto a la programación se justifica su comportamiento al amparo del siguiente argumento: “La variación del trimestre se debe a que los pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones realizados durante el trimestre se notifican hasta el siguiente”. En lo que atañe al indicador “Porcentaje de contestaciones analizadas en la Etapa de Aclaración” se advierte que no hay relación congruente entre la fórmula de cálculo y la unidad de medida “Reporte”, ello en atención a que en la primera se

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hace mención a las variables consistentes en el total de contestaciones analizadas entre el total de contestaciones recibidas. No puede relacionarse con el comportamiento de las variables en las que se precisan cantidades específicas programadas contra las efectivamente realizadas, para verificar con su resultado el cumplimiento de la meta. En cuanto hace a los indicadores de porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero a entidades de los ámbitos estatal y municipal que ejercen recursos públicos, estos en sus respectivas fichas en el avance trimestral presentan la siguiente información:

Estatal 2019

Tercer Trimestre

Avance Trimestral Avance Acumulado Programado Alcanzado Ef% Semáforo Programado Alcanzado Ef% Semáforo

9 8 88.9 Amarillo 29 27 93.1 Verde

Municipal 2019

Tercer Trimestre

Avance Trimestral Avance Acumulado Programado Alcanzado Ef% Semáforo Programado Alcanzado Ef% Semáforo

33 25 75.7 Amarillo 84 76 90.5 Verde

Y en la descripción de resultados y justificación en caso de variación superior a más menos 10 por ciento respecto a lo programado, se asentó por parte del sujeto evaluado que, la variación de lo programado respecto a lo alcanzado en el tercer. trimestre se debió al atraso del cierre de auditorías del trimestre anterior, por lo que se debe tomar las acciones necesarias a fin de que no ocurra en el próximo ejercicio. En el aparatado denominado Evaluación del Indicador, no hay pronunciamiento alguno pese a que las metas en diversas fichas ya se cumplieron, independientemente de que el indicador se encuentre programado al cuarto trimestre. Respecto al contenido de las fichas técnicas en las que se verifica el comportamiento de los indicadores, se advierte que en las que presenta el sujeto evaluado, en términos generales hay un buen comportamiento de los mismos respecto de las metas, con las salvedades en comento en líneas anteriores.

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A la fecha la MIR registrada en el SPP del Pp “Fiscalización gubernamental” sólo cuenta con la información del proyecto “Evaluación de Programas” y no del evaluado, por lo que se sugiere se incorpore la misma. .

16. ¿Las metas de los indicadores de la MIR del Pp tienen las siguientes características?

a) Cuentan con unidad de medida. b) Están orientadas a impulsar el desempeño, es decir, no son laxas. c) Son factibles de alcanzar considerando los plazos y los recursos humanos y

financieros con los que cuenta el Pp. Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 Las metas de los indicadores del Pp tienen en promedio un valor entre 2.3 y 3 características establecidas en la pregunta.

Justificación

Las metas describen el valor numérico a lograr para cada indicador, y se establecen en función de expectativas así, el resultado de la meta se obtiene de lo alcanzado respecto a lo programado y para el caso de la presente evaluación se realiza al tercer trimestre del año 2019, en atención a que a la fecha no ha concluido el ejercicio y que el Informe de Resultados ha sido entregado que es el principal servicio del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental”. En las Fichas Técnicas de Diseño y Seguimiento de Indicadores 2019 del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” que presenta el sujeto evaluado registran una meta con las siguientes características:

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Nivel Indicador Meta Descripción de la meta

anual

Unidad de Medida

Orientada a impulsar el desempeño

Factible

Fin

Porcentaje de entidades públicas que rinden cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos de forma oportuna

100 Sí Informe Sí

Propósito

Porcentaje de entidades estatales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

100 Sí Entidad Sí Sí

Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

100 SÍ Entidad

Componentes

Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

100 SÍ Informe Sí Sí

Porcentaje de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización superior a entidades estatales y municipales notificados

100 SÍ

Pliegos de observaciones y

oficios de promoción de

acciones

NO

NO

Actividades

Porcentaje de Informes de la Fiscalización del Cumplimiento Financiero elaborados

100 SÍ Informes Sí Sí

Porcentaje de Contestaciones analizadas en la Etapa de Aclaración

100 SÍ Reporte NO SÍ

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades

100 SÍ Auditorías Sí Sí

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estatales que ejercen recursos públicos

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades municipales que ejercen recursos públicos

100 SÍ Auditorías Sí Sí

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

100 SÍ Revisiones

Sí SÍ

Porcentaje de revisiones a entidades municipales que ejercen recursos públicos

100 SÍ Revisiones SÍ SÍ

Fuente: Elaboración propia con información de las Fichas Técnicas de Diseño y Seguimiento 2019 del sujeto evaluado. N/R: No reporta información.

De esta manera los indicadores tienen el siguiente comportamiento respecto de las metas señaladas, al tercer trimestre:

Nivel Indicador Meta Alcanzado Semaforización 90-110%

Fin

Porcentaje de entidades públicas que rinden cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos de forma oportuna

477 477 VERDE

Propósito

Porcentaje de entidades estatales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

97 97 VERDE

Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

380 380 VERDE

Componentes

Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

1 1 VERDE

Porcentaje de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización superior a entidades estatales y

137 883 MORADO

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municipales notificados

Actividades

Porcentaje de Informes de la Fiscalización del Cumplimiento Financiero elaborados

1189 1189 VERDE

Porcentaje de Contestaciones analizadas en la Etapa de Aclaración

3 3 VERDE

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos

9 8 AMARILLO

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades municipales que ejercen recursos públicos

33 25 AMARILLO

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

97 97 VERDE

Porcentaje de revisiones a entidades municipales que ejercen recursos públicos

1530 1528 VERDE

Fuente: Elaboración propia con información de las Fichas Técnicas y de Diseño y Seguimiento 2019 a su tercer trimestre y los parámetros de asignación de color de acuerdo al desempeño obtenido en los Indicadores del Manual para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto 2017.

Así vemos que las metas de los indicadores de la MIR 2019 son factibles en ocho casos, ya que obtuvieron un cumplimiento del 100 por ciento, es decir, un parámetro de “muy bueno”, sin embargo es importante analizar la situación de los que no lo alcanzaron y verificar su viabilidad o su modificación. 17. ¿Cuántos de los indicadores incluidos en la MIR tienen especificados medios de verificación con las siguientes características?

a) Oficiales o institucionales. b) Con un nombre que permita identificarlos. c) Permiten reproducir el cálculo del indicador. d) Públicos, accesibles a cualquier persona.

Respuesta: Sí.

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Nivel Supuestos que se verifican

3 Los indicadores de la MIR cuentan con medios de verificación que cumplen con un valor entre 3 y menos de 3.5 características establecidas en la pregunta.

Justificación

En la Matriz de Indicadores para Resultados del proyecto evaluado sus indicadores cuentan con los siguientes medios de verificación:

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

(Descripción de la Fórmula)

Medios de Verificación Oficiales o Institucionales

Nombre para Identificarlos

Reproduce el Indicador

Públicos

Fin Porcentaje de entidades públicas que rinden cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos de forma oportuna.

Entidades públicas que entregan sus Cuentas Públicas al Poder Legislativo de forma oportuna entre Total de entidades públicas obligadas a entregar sus Cuentas Públicas al Poder Legislativo)*100

Oficios de entrega las Cuentas Públicas a la Legislatura del Estado de México y/o al OSFEM en los plazos que establece la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

SÍ SÍ NO NO

Propósito Porcentaje de entidades estatales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

Entidades estatales que ejercen recursos públicos fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero entre total de entidades estatales)*100

Informe de Resultados. En su apartado de información financiera estatal. https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/CtaPub17.html

Sí Sí Sí SÍ

Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

Entidades municipales que ejercen recursos públicos fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero entre total de entidades estatales)*100

Informe de Resultados. En su apartado de información financiera estatal. https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/CtaPub17.html Sí Sí Sí Sí,

Componentes

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Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

(Informe de Resultados entregado a la Legislatura del Estado de México entre Informe de Resultados programado para entregar a la Legislatura del Estado de México)*100

Informe de Resultados. En su apartado de información financiera estatal. https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/CtaPib17.html

Sí Sí

NO

Porcentaje de pliegos de

observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos

(Pliegos de observaciones y

oficios de promoción de acciones notificados derivados de la fiscalización a entidades estatales y municipales entre pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones realizados)*100

Reporte estadístico semestral sobre pliegos de observaciones

y oficios de promoción de acciones notificados.

SÍ NO SÍ NO

Actividades Porcentaje de informes de la fiscalización de cumplimiento financiero

elaborados

(Informes de la Fiscalización del Cumplimiento Financiero elaborados entre

total de informes de la fiscalización del cumplimiento financiero programados) *100

Memorándum de entrega de los informes de la fiscalización del cumplimiento financiero.

NO

Porcentaje de contestaciones analizadas en la etapa de aclaración

(Total de contestaciones analizadas entre total de contestaciones recibidas)*100

Reporte estadístico de la revisión y análisis de las contestaciones recibidas durante la etapa de aclaración.

SÍ NO

NO

NO

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos

públicos.

(Auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos entre auditorías de

cumplimiento financiero a entidades estatales programadas) *100

Ordenes de auditoría notificadas Programa Anual de Fiscalización https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/doc/Prog_Anual/03_ProgAnual_2019.pdf

Sí Sí SÍ

NO

Porcentaje de (Auditorías de Ordenes de auditoría notificadas Sí Sí SÍ NO

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auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades municipales que ejercen recursos públicos.

cumplimiento financiero realizadas a entidades municipales que ejercen recursos públicos entre auditorías de cumplimiento financiero a entidades municipales programadas) *100

Programa Anual de Fiscalización https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/doc/Prog_Anual/03_ProgAnual_2019.pdf

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

(Revisiones de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos entre revisiones de cumplimiento financiero a entidades estatales programadas) *100

Reporte de revisiones de Cuenta Pública e Informes Mensuales Programa Anual de Fiscalización https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/doc/Prog_Anual/03_ProgAnual_2019.pdf

Sí Sí SÍ

NO

Porcentaje de revisiones a entidades municipales que ejercen recursos públicos

(Revisiones de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos entre revisiones de cumplimiento financiero a entidades estatales programadas) *100

Reporte de revisiones de Presupuesto Municipal, Cuenta Pública e Informes Mensuales

Programa Anual de Fiscalización https://www.osfem.gob.mx/03_Transparencia/doc/Prog_Anual/03_ProgAnual_2019.pdf

SÍ SÍ SÍ

NO

Fuente: Elaboración propia con información de las Fichas Técnicas de Diseño y Seguimiento 2019 al tercer trimestre y Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” con la inclusión del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” que presenta el sujeto evaluado.

De lo anterior se observa que los medios de verificación de los indicadores de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado no son todos públicos, pero sí son accesibles para la verificación de su cálculo, por lo que es posible que alguien que no opere el programa presupuestario lo realice. No obstante lo anterior, es importante realizar las siguientes acotaciones: - En el nivel FIN, el medio de verificación hace referencia a los oficios de entrega de Cuenta Pública a la Legislatura y/o al OSFEM, lo cual no acontece de esta

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manera de acuerdo a lo establecido en los artículos 32 y 36 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México:

“Artículo 32.- El Gobernador del Estado, por conducto del titular de la dependencia competente, presentará a la Legislatura la cuenta pública del Gobierno del Estado del ejercicio fiscal inmediato anterior,…Los Presidentes Municipales presentarán a la Legislatura las cuentas públicas anuales de sus respectivos municipios, del ejercicio fiscal inmediato anterior,…”

“Artículo 36.- Las cuentas públicas serán remitidas a la Legislatura, su Presidente deberá hacerlas del conocimiento de sus integrantes y de la Comisión, quien remitirá al Órgano Superior para su revisión y fiscalización superior en la forma y los plazos establecidos por la Ley.”

Por lo que posteriormente, son remitidas a la Comisión de Vigilancia del OSFEM, quien las hará llegar a este Órgano Técnico, así se sugiere afinar la sintaxis para que se precise el acto al que se le debe dar preponderancia para este medio de verificación, con la finalidad de que se pueda reproducir correctamente la fórmula del indicador. Sin perder de vista que sí se eligen los oficios que recibe la Legislatura, estos no se encontrarán físicamente en las oficinas del ejecutor del proyecto evaluado para que el ciudadano que quiera reproducir la fórmula del indicador lo pueda llevar a cabo. El contenido de los oficios en cita no contiene la información sobre la variable del número de entidades públicas obligadas a entregar sus cuentas al Poder Legislativo, por lo que no reproducen el indicador. Tampoco son oficios públicos y no se encuentran en el OSFEM. Por lo que se sugiere analizar este medio de verificación. - En lo tocante al nivel PROPÓSITO, el medio de verificación que es la dirección electrónica de consulta deberá ser la relativa al ejercicio 2018 y no al 2017, por lo que se sugiere cambiar el año de la Cuenta Pública que se revisó. - Respecto del nivel COMPONENTE, encontramos que en los medios de verificación que se establecieron, la denominación de “Informe de Resultados y Seguimiento” no es la que la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México dispone para este entregable, ni la dirección electrónica de consulta correcta sea

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la del ejercicio 2017, como ya se hizo referencia en el párrafo que antecede a éste. Por lo que hace a los reportes estadísticos semestrales de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones notificados, encontramos que si bien es cierto, son documentos institucionales, también lo es que no se encuentran publicados para que cualquier ciudadano pueda verificar el cálculo del indicador. Además es importante revisar en su redacción la precisión “…En su apartado de información financiera estatal…” porque el Informe de Resultados incluye el ámbito estatal y municipal y el servicio por sí solo no es el que reproduce el indicador, la evidencia idónea es el documento en el que se acusa de recibido y en el que se plasma la fecha en la que se entregó. - En lo tocante a los medios de verificación del nivel ACTIVIDADES, encontramos de nueva cuenta, la situación de que los memorándums de entrega de los informes de fiscalización y el reporte estadístico de la revisión y análisis de las contestaciones recibidas durante la etapa de aclaración, no se encuentran publicados pese a que se trate de documentos institucionales que no son de fácil acceso por el tipo de información que contienen, que es reservada hasta en tanto se entregue y publique el Informe de Resultados de cada ejercicio fiscal. Además, en lo que respecta al reporte estadístico de la revisión y análisis de las contestaciones recibidas durante la etapa de aclaración, el mismo no reproduce el indicador ya que no contiene información sobre las variables determinadas en el indicador. En lo tocante a las órdenes de auditoría, si bien es cierto son documentos oficiales, también lo es que no se hace referencia a un concentrado de estos documentos de un período determinado que permita reproducir la fórmula del indicador y de su disponibilidad para que cualquier persona los pueda consultar. Lo mismo acontece con los reportes estadísticos. Y por lo que hace al reporte de revisiones de Presupuesto, Cuenta Pública e Informes Mensuales Estatal y Municipal, se advierte que no se trata de un documento que sea publicado en la página web del Órgano Superior de

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Fiscalización del Estado de México, por lo que no es accesible para cualquier ciudadano que pretenda corroborar el cálculo del indicador. Resumiendo lo anterior, vemos que los medios de verificación de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado en términos generales cumplen con los requisitos que la metodología señala para la comprobación del indicador, pues se trata de documentos oficiales, institucionales, que tienen un nombre para identificarlos, que reproducen el indicador y que la gran parte de ellos son públicos. 18. Considerando el conjunto Objetivo-Indicadores-Medios de verificación, es decir, cada renglón de la MIR del Pp ¿es posible identificar lo siguiente?

a) Los medios de verificación son los necesarios para calcular los indicadores, es decir, ninguno es prescindible.

b) Los medios de verificación son suficientes para calcular los indicadores. c) Los indicadores permiten medir, directa o indirectamente, el objetivo a ese

nivel. Respuesta: Sí

Nivel Supuestos que se verifican

4 Todos de los conjuntos Objetivo-Indicadores-Medios de verificación del Pp tienen las características establecidas.

Justificación

Al llevar a cabo un análisis del contenido de la MIR que presentó el sujeto evaluado, los indicadores en general permiten medir el objetivo en su resumen narrativo, por lo que presentan consistencia en su lectura horizontal, en atención a que: - En el conjunto Fin-Indicadores-Medios de Verificación, el indicador es relevante y adecuado. - En el conjunto Propósito-Indicadores-Medios de Verificación, los indicadores son relevantes y adecuados. Sin embargo los medios de verificación relacionados con

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la dirección electrónica corresponden al Informe de Resultados del ejercicio 2017 y no al 2018 como corresponde. - En el conjunto Componentes-Indicadores-Medios de Verificación, los indicadores son relevantes y adecuados, no obstante los medios de verificación en el que se hace alusión a la dirección electrónica del Informe de Resultados del ejercicio 2017 no es la correcta, sino la que corresponde al 2018, por lo que se considera relevante modificarla y tomar en cuenta que la página en por sí sola no demuestra la oportunidad con la que se entregó a la Comisión de Vigilancia del OSFEM. Así mismo, es importante precisar que en el medio de verificación de este Componente que la comprobación se debe realizar con el documento en el que se acuse de recibido el Informe de Resultados. - En el conjunto Actividades-Indicadores-Medios de Verificación, los indicadores son relevantes y adecuados, empero el referente al memorándum de entrega de informes de fiscalización del cumplimiento financiero, es importante que este contenga la información relativa al número de informes que se entregan para de esta manera poder reproducir el indicador. Respecto a los reportes estadísticos, a las órdenes de auditoría, reporte de revisiones de Cuenta Pública e Informes Mensuales, Presupuesto Municipal y expedientes técnicos de los actos de fiscalización los mismos no son de acceso público. El indicador relacionado con la Etapa de Aclaración 1.3 no precisa la temporalidad que mide, sí todas las contestaciones que recibe y analiza corresponden a un solo ejercicio, por ello se sugiere valorarlo.

Valoración final de la MIR 19. Se deberán sugerir modificaciones en la MIR del Pp o incorporar los cambios que resuelvan las deficiencias encontradas en cada uno de sus elementos a partir de las respuestas a las preguntas de este apartado. Respuesta: En congruencia al anexo 7 de esta evaluación denominado “Principales, Fortalezas, Retos y Recomendaciones” y a la valoración que se ha dado en las

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respuestas formuladas de acuerdo a los Términos de Referencia 2019, se sugiere que la Matriz de Indicadores para Resultados que presenta el sujeto evaluado se modifique tomando en cuenta los siguientes aspectos:

De suma importancia resulta, agregar a la MIR del SPP información del proyecto “Evaluación de Cumplimiento Financiero” ya que a la fecha únicamente contiene del proyecto denominado “Fiscalización del Desempeño”.

En la MIR del sujeto evaluado que maneja como documento de control interno, afinar la sintaxis en todos los casos donde se hace referencia al servicio que otorga el proyecto evaluado, que es el de “Informe de Resultados” y no de otra manera.

Incorporar a las fichas técnicas de diseño y seguimiento de indicadores 2019 que presentó el sujeto evaluado, al SPP de la Secretaría de Finanzas del GEM.

De las fichas técnicas de diseño y seguimiento de indicadores 2019 del sujeto evaluado, verificar las variables que integran la fórmula de los indicadores que fueron observados en el presente trabajo..

No obstante lo anterior, en términos generales se cuenta con una MIR consistente en su lectura vertical y horizontal, con lo que se permite medir positivamente el desempeño del proyecto evaluado y de esta manera dar consistencia total al Programa presupuestario.

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20. ¿Con cuáles Pp y en qué aspectos el Pp evaluado podría tener complementariedad y/o coincidencias? Considerando los siguientes aspectos:

a) El Propósito de los Pp

b) La definición de la población o área de enfoque objetivo,

c) Los tipos de apoyo otorgados por el Pp y

d) La cobertura del Pp

Justificación

El proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” integrante del Programa Presupuestario “Fiscalización Gubernamental” una vez que es comparado con el Programa presupuestario denominado “Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Público” del Catálogo de Objetivos del Gobierno del Estado de México del ejercicio 2019, presenta las siguientes coincidencias y complementariedades:

a) El Propósito de los Programas presupuestarios

Programa Presupuestario

Fiscalización Gubernamental Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio

Objetivo: Garantizar el honesto y eficaz manejo de los recursos, mediante la fiscalización, auditoría, revisión, sustanciación, resolución y sanción de los actos y cuentas relativos a la aplicación de los fondos públicos del Estado y sus Municipios, así como los fondos públicos federales ministrados al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal vigente. (Catálogo de Objetivos GEM)

Objetivo: Fomentar y fortalecer el desempeño de las Instituciones de la Administración Pública Estatal, mediante el seguimiento, control y evaluación de su gestión, que asegure mayor transparencia y una actuación ética y eficaz, facilitando el acceso a la información pública a la población de la Entidad.

Proyecto

Fiscalización de Cumplimiento Financiero Fiscalización, control y evaluación interna de la gestión pública

Objetivo: Fiscalizar la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento y garantizar la aclaración de observaciones derivadas de los actos de fiscalización. (Catálogo de Objetivos GEM)

Objetivo: Optimizar la operación del sistema y acciones de control y evaluación que contribuya al manejo eficiente de los recursos públicos, a la generación de alternativas de solución para el cumplimiento de los objetivos institucionales y a la transparencia, cuidando que el ejercicio

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del gasto público se efectúe con apego a la normatividad establecida para tal efecto, dando cumplimiento a las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal.

Propósito: Las entidades públicas estatales y municipales y los programas presupuestarios son fiscalizados. (MIR 2019)

Propósito: Los ciudadanos del Estado de México conocen y tienen acceso a los resultados del proceso de transparencia en la rendición de cuentas obteniendo mayor información sobre el uso de los recursos

Área de Enfoque: Las entidades públicas estatales y municipales.

Área de Enfoque: La función pública que se desarrolla a través de las entidades públicas estatales y municipales.

Servicio otorgado: Informe de Resultados. Pliegos de Observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización a las entidades estatales y municipales emitidos.

Servicio otorgado: Función pública

Cobertura: Estado de México y Municipios.

Cobertura: Estado de México y Municipios.

Fuente: Elaboración propia, con información proporcionada por el sitio web “Transparencia Fiscal”.

b) La definición de la población o área de enfoque objetivo

Se advierte del cuadro anterior, que el área de enfoque común son las entidades públicas estatales y municipales a nivel Programa presupuestario.

c) Los tipos de apoyo otorgados por el programa

El Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” desarrolla acciones conducentes a garantizar el honesto y eficaz manejo de los recursos, mediante la fiscalización, auditoría, revisión de los actos y cuentas relativos a la aplicación de los fondos públicos del Estado y sus Municipios, y por su parte, el Programa presupuestario “Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Público” fomenta y fortalece a través del seguimiento, control y evaluación de la administración pública para asegurar mayor transparencia y una actuación ética y eficaz de los servidores públicos del Estado de México y Municipios.

d) La cobertura del Programa presupuestario

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Se establece en función del resultado de la fiscalización de la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas estatales o municipales, mediante auditorías de cumplimiento, al formular pliegos de observaciones y promoción de acciones, cuando al determinar alguna irregularidad que implique daño a la hacienda pública estatal o municipal o al patrimonio de las entidades fiscalizables. Estos oficios de promoción de acciones, son atendidos por el proyecto “Fiscalización, control y evaluación interna de la gestión pública” integrante del Pp complementario “Desarrollo de la Función Pública y Ética en el Servicio Público”, que es a quien corresponde la vigilancia del cumplimiento de su contenido.

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Tema Nivel Justificación

Justificación de la creación y del diseño del programa

12

Cuenta con documentos que justifican su creación y diseño, no obstante, se requiere homologar la información del sujeto evaluado con la registrada en el SPP.

Contribución del Pp a las

Metas Estatales y planeación orientada a

resultados

4

El Propósito del Programa presupuestario “Fiscalización gubernamental” está relacionado directamente con el Eje Transversal “Gobierno de Resultados”, objetivo 2. “Establecer una gestión Gubernamental que genere resultados”.

Poblaciones o áreas de

enfoque

8

En este caso, se tienen áreas de enfoque, para el proyecto evaluado son las entidades públicas del Estado de México de los ámbitos estatal y municipal.

Matriz de indicadores para Resultados (MIR)

39

Se cuenta con una MIR del Programa presupuestario, sin embargo es importante elaborar las fichas técnicas de seguimiento de indicadores de los niveles: actividad y propósito que se adicionaron resultado de la atención a los Aspectos Susceptibles de Mejora de la Evaluación de Diseño Programático del ejercicio 2017. También es necesario revisar las metas señaladas en esta evaluación.

Complementariedades y coincidencias con otros Pp

N/A

El proyecto evaluado es complementario con la Contraloría del GEM ya que es la dependencia que se encarga de dar seguimiento a las recomendaciones que el OSFEM realiza.

Valoración Final 98

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Conclusiones

La Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, el reglamento Interior y el Manual General de Organización del OSFEM, son el respaldo legal del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” y el formato PbR-01a, árbol de problemas y árbol de objetivos son los documentos de planeación que integran la evidencia empírica. Pese a ello a la fecha tienen inconsistencias de contenido por lo que se sugiere homologarlos. El proyecto evaluado se encuentra alienado con el Plan de Desarrollo del Estado de México (2017-2023), con su respectivo En la MIR encontramos que en el resumen narrativo del nivel Fin del proyecto evaluado, perteneciente el Pp “Fiscalización gubernamental” se relaciona con el Eje Transversal “Gobierno Capaz y Responsable”, objetivo 5.5 “Promover instituciones de gobierno transparentes y que rindan cuentas” del Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023. Afinando los indicadores se consolida el proyecto evaluado, ya que en sus metas se hace patente la efectividad y eficiencia del sistema gubernamental.

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Bibliografía

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“Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023”. Sitio web del

Gobierno del Estado de México, disponible en http://edomex.gob.mx/plan_desarrollo_estado_mexico

“Resumen de los Programas Sectoriales y Regionales del Estado de

México”. Gaceta de Gobierno del Estado de México de fecha 14 de septiembre de 2018.

“Ley de Fiscalización Superior del Estado de México”. Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 01 de octubre de 2019.

“Ley de Planeación del Estado de México y Municipios”. Gaceta del

Gobierno del Estado de México de fecha 13 de septiembre de 2017.

“Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios”. Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 20 de diciembre de 2016.

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“Manual General de Organización del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México”. Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 18 de diciembre de 2018.

“Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas

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Presupuestarios del Poder Legislativo del Estado de México”. Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 29 de abril de 2019.

“Lineamientos y reglas para la implementación del Presupuesto basado

en Resultados”. Gaceta del Gobierno del Estado de México de fecha 01 de marzo de 2010.

“Criterios para el Registro Revisión y Actualización de la MIR de los Programas Presupuestarios 2016”. Unidad Técnica de Evaluación del Desempeño. Secretaría de Finanzas y Administración. Estado de Hidalgo.

“Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el

ejercicio fiscal 2019”. Gaceta de Gobierno del Estado de México de fecha 31 de diciembre de 2018.

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Anexo 1 “Descripción General del Programa”

En la Estructura Programática del Gobierno del Estado de México se incluye para el ejercicio fiscal 2019, el Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental”, el cual se compone de dos proyectos, siendo actualmente sólo uno de ellos objeto de evaluación.

Eje Transversal 2: Gobierno Capaz y Responsable

Proyecto Programa Presupuestario “Fiscalización Gubernamental”

01010201010101 Fiscalización de Cumplimiento Financiero

01010201010102 Fiscalización del Desempeño

Fuente: Elaboración propia, con información del Catálogo de Objetivos del GEM 2019.

El proyecto evaluado es realizado por el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), dependencia del Poder Legislativo que tiene como Misión el “Realizar la fiscalización superior en apego a derecho e informar a la sociedad sobre el ejercicio de los recursos públicos” y como Visión “Ser una institución de alto desempeño que garantice a la sociedad estar a la vanguardia en la fiscalización superior y la determinación de responsabilidades”. Así, el OSFEM a través de la Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación, Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación y la Unidad de Solventaciones ejecutan sustantivamente el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, por ello el informe incluye sólo los resultados de las unidades administrativas que son las encargadas directamente de desplegar los actos de fiscalización superior de cumplimiento financiero.

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Con la finalidad de generar acciones de fiscalización superior, el Programa presupuestario, al igual que el proyecto considerado para la evaluación atienden la problemática establecida en los documentos de planeación estatal, vinculados con el Eje Transversal: Gobierno Capaz y Responsable; objetivo 5.5: Promover instituciones de gobierno transparentes que rindan cuentas, a través de la estrategia 5.5.1. Impulsar la transparencia proactiva, rendición de cuentas y el Gobierno Abierto y la línea de acción consistente en promover prácticas de transparencia para la consolidación de la confianza ciudadana en sus instituciones. De acuerdo al Catálogo de Objetivos de la Estructura Programática 2019, el Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” establece como objetivo de su actuación gubernamental “Garantizar el honesto y eficaz manejo de los recursos, mediante la fiscalización, auditoría, revisión, sustanciación, resolución y sanción de los actos y cuentas relativos a la aplicación de los fondos públicos del Estado y sus Municipios, así como los fondos públicos federales ministrados al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal vigente”. El objetivo y las actividades del proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” son:

Proyecto Objetivo en la Estructura Programática

Fiscalización de Cumplimiento Financiero

Fiscalizar la obtención, administración y aplicación de los recursos de las entidades públicas, mediante auditorías de cumplimiento y garantizar la aclaración de observaciones derivadas de los actos de fiscalización.

Fuente: Elaboración propia con información de la Estructura Programática 2019 GEM

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Proyecto Actividades (MIR)

Fiscalización de Cumplimiento Financiero

Elaboración de los informes de fiscalización de cumplimiento financiero de los ámbitos estatal y municipal.

Revisión y análisis de las contestaciones recibidas durante la etapa de aclaración.

Ejecución de auditorías de cumplimiento financiero a las entidades estatales que ejercen recursos públicos.

Ejecución de auditorías de cumplimiento financiero a las entidades municipales que ejercen recursos públicos.

Ejecución de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos.

Ejecución de revisiones a entidades municipales que ejercen recursos públicos.

Fuente: Elaboración propia con información de la MIR 2019 que presenta el sujeto evaluado.

El área de enfoque del Programa presupuestario “Fiscalización Gubernamental” y el proyecto evaluado se describe en el siguiente cuadro:

Áreas de enfoque

Potencial

Todas las entidades públicas a nivel municipal

Todas las entidades públicas a nivel estatal

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Objetivo Programa Anual de Fiscalización (PAF) 2019

(página web del OSFEM)

Atendida Las contenidas en el Informe de Resultados de la Fiscalización Superior

de las Cuentas Públicas del Estado de México 2018

Conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México 2019, al programa en estudio se le designó un monto de 227 millones 237 mil 206 pesos, destinando al proyecto en estudio la cantidad de 175 millones 524 mil 811 pesos, información obtenida del informe de metas por proyecto y unidad ejecutora. Así mismo, para el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”, de acuerdo a las Fichas Técnicas de Diseño y Seguimiento de Indicadores de Metas 2019, las metas alcanzadas al tercer trimestre del año 2019 pero programadas al cuarto, son:

Nombre del Indicador Unidad de Medida Programado Alcanzado

Porcentaje de entidades públicas que rinden cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos de forma oportuna.

Informe 477/477 100

Porcentaje de entidades estatales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

Entidad 97/97 100

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen recursos públicos

Entidad 380/380 100

Porcentaje de cumplimiento respecto a la entrega del Informe de Resultados

Informe 1/1 1

Porcentaje de pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones derivados de la fiscalización superior a entidades estatales y municipales notificados

Pliegos de observaciones y oficios de promoción de

acciones 137/883 644.5

Porcentaje de informes de la fiscalización de cumplimiento financiero elaborados

Informes 1189/1189 100

Porcentaje de contestaciones analizadas en la etapa de aclaración

Reporte 3/3 100

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos públicos

Auditorías 9/8 88.9

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades

Auditorías 33/25 75.7

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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municipales que ejercen recursos públicos

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

Revisiones 97/97 100

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que ejercen recursos públicos

Revisiones 1530/1528 99.8

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Anexo 2 “Metodología para la cuantificación de las poblaciones potencial y objetivo” Al ser el proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” uno de los que integran el Programa Presupuestario “Fiscalización Gubernamental” en lo que respecta a la Metodología para la cuantificación y fuentes de información, tiene referencias documentales y normativas de donde se obtuvieron los datos numéricos. De esta manera se advierte que no se cuenta con una metodología en particular, ya que la información se obtiene de la normatividad y por lo tanto, únicamente se extrae el número entidades públicas que hay en el Estado de México, tanto a nivel estatal, como a nivel municipal de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la Ley Orgánica Municipal, las que se toman en consideración para actos de fiscalización superior los que cuentan con MIR y de la Cuenta Pública del Gobierno, Organismos Auxiliares y Autónomos del Estado de México 2018.

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Anexo 3 “Indicadores”

Nombre del Programa: “Fiscalización Gubernamental”

Nombre del proyecto: “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” Dependencia/Entidad: Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

Unidad Responsable: Auditoría Especial de Financiera y de Obra e Investigación, Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación y Unidad de Solventaciones.

Tipo de Evaluación: Diseño Programático

Ejercicio Fiscal en que comienza la Evaluación: 2019

Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

Cla

ro

Rele

va

nte

Mon

itore

able

Adecu

ado

Definic

ión

Unid

ad d

e m

ed

ida

Fre

cuencia

de

med

ició

n

Lín

ea b

ase

Meta

s

Fin

Porcentaje de entidades públicas que rinden cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos

de forma oportuna

(Entidades públicas que entregan sus Cuentas

Públicas al Poder Legislativo de forma oportuna/ Total de entidades públicas

obligadas a entregar sus Cuentas Públicas al Poder

Legislativo)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

Cla

ro

Rele

va

nte

Mon

itore

able

Adecu

ado

Definic

ión

Unid

ad d

e m

ed

ida

Fre

cuencia

de

med

ició

n

Lín

ea b

ase

Meta

s

Propósito

Porcentaje de entidades estatales

fiscalizadas en materia de

cumplimiento financiero que

ejercen recursos públicos

(Entidades estatales que ejercen recursos públicos fiscalizados en materia de cumplimiento financiero/

Total de entidades estatales)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

Porcentaje de entidades

municipales fiscalizadas en

materia de cumplimiento financiero que

ejercen recursos públicos

(Entidades municipales que ejercen recursos

públicos fiscalizados en materia de cumplimiento

financiero/ Total de entidades

municipales)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

Componentes

Porcentaje de cumplimiento

respecto a la entrega del Informe de

Resultados

Informe de Resultados entregados a la

Legislatura del estado de México/ Informe de

Resultados programado

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

Cla

ro

Rele

va

nte

Mon

itore

able

Adecu

ado

Definic

ión

Unid

ad d

e m

ed

ida

Fre

cuencia

de

med

ició

n

Lín

ea b

ase

Meta

s

para entregar a la Legislatura del Estado de

México)*100

Porcentaje de pliegos de

observaciones y oficios de promoción

de acciones derivados de la

fiscalización superior a entidades estatales

y municipales notificados

(Pliegos de observaciones y oficios de promoción de

acciones notificados derivados de la

fiscalización a entidades estatales y municipales/

Pliegos de observaciones y oficios de promoción de acciones realizados)*100

SI SI SI NO SI SI SI SI SI

Porcentaje de informes de

Fiscalización del Cumplimiento

Financiero elaborados

(Informes de la fiscalización del

Cumplimiento Financiero elaborados/Total de

Informes de la Fiscalización del

Cumplimiento Financiero programados)* 100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

Cla

ro

Rele

va

nte

Mon

itore

able

Adecu

ado

Definic

ión

Unid

ad d

e m

ed

ida

Fre

cuencia

de

med

ició

n

Lín

ea b

ase

Meta

s

Actividades

Porcentaje de contestaciones analizadas en la

etapa de aclaración

(Total de Contestaciones analizadas/Total de

contestaciones recibidas)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

Porcentaje de auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades estatales que ejercen recursos

públicos

(Auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen

recursos públicos/ Auditorías de

cumplimiento financiero a entidades estatales programadas)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

Porcentaje de auditorías de cumplimiento

financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos

(Auditorías de cumplimiento financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos públicos/

Auditorías de cumplimiento financiero a

entidades municipales programadas)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Nombre del Indicador

Método de Cálculo

Cla

ro

Rele

va

nte

Mon

itore

able

Adecu

ado

Definic

ión

Unid

ad d

e m

ed

ida

Fre

cuencia

de

med

ició

n

Lín

ea b

ase

Meta

s

Porcentaje de revisiones a

entidades estatales que ejercen recursos

públicos

(Revisiones de cumplimiento financiero realizadas a entidades estatales que ejercen

recursos públicos/Revisiones de

cumplimiento financiero a entidades estatales programadas)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

Porcentaje de revisiones a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos

(Revisiones de cumplimiento financiero realizadas a entidades

municipales que ejercen recursos

públicos/Revisiones de cumplimiento financiero a

entidades municipales programadas)*100

SI SI SI SI SI SI SI SI SI

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Anexo 4 “Metas del Programa”

Nombre del Programa: “Fiscalización Gubernamental”

Nombre del proyecto: “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” Dependencia/Entidad: Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

Unidad Responsable: Auditoría Especial de Financiera y de Obra e Investigación, Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación y Unidad de Solventaciones.

Tipo de Evaluación: Diseño Programático.

Ejercicio Fiscal en que comienza la Evaluación: 2019.

Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo Nombre del Indicador Meta Justificación Factible Justificación Propuesta de Mejora

de la Meta

Fin

Porcentaje de entidades públicas que rinden

cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos de

forma oportuna

SI - SI - NO

Propósito

Porcentaje de entidades estatales fiscalizadas en materia de cumplimiento financiero que ejercen

recursos públicos

SI - SI - NO

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo Nombre del Indicador Meta Justificación Factible Justificación Propuesta de Mejora

de la Meta

Porcentaje de entidades municipales fiscalizadas en

materia de cumplimiento financiero que ejercen

recursos públicos

SI - SI - NO

Componentes

Porcentaje de cumplimiento respecto a la

entrega del Informe de Resultados

SI - SI - NO

Porcentaje de pliegos de observaciones y oficios de

promoción de acciones derivados de la

fiscalización superior a entidades estatales y

municipales notificados

SI - SI - SI

Actividades

Porcentaje de informes de la fiscalización del

cumplimiento financiero elaborados

SI - SI - NO

Porcentaje de contestaciones analizadas en la etapa de aclaración

SI - SI - NO

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo Nombre del Indicador Meta Justificación Factible Justificación Propuesta de Mejora

de la Meta

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero

realizadas a entidades estatales que ejercen

recursos públicos

SI - SI - NO

Porcentaje de auditorías de cumplimiento financiero

realizadas a entidades municipales que ejercen

recursos públicos

SI - SI - NO

Porcentaje de revisiones a entidades estatales que

ejercen recursos públicos SI - SI - NO

Porcentaje de revisiones a entidades municipales que ejercen recursos públicos

SI - SI - NO

NOTA: Se deben incluir todos los indicadores de cada uno de los niveles objetivo.

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Anexo 6 “Complementariedad y coincidencias entre programas presupuestarios”

Nombre del Programa: “Fiscalización Gubernamental”

Nombre del proyecto: “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”

Dependencia/Entidad: Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

Unidad Responsable: Auditoría Especial de Financiera y de Obra e Investigación, Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación y Unidad de Solventaciones. Tipo de Evaluación: Diseño Programático

Ejercicio Fiscal en que comienza la Evaluación: 2019

Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Unidad Responsable

Propósito Área de Enfoque

Tipo de Apoyo

Cobertura Geográfica

Fuentes de Información

Programas con

coincidencia

Programas complementarios

Justificación

Propósito

Poder Legislativo del

Estado de México OSFEM

Las entidades públicas

estatales y municipales y sus programas presupuestarios

fiscalizados

Entidades públicas

estatales y municipales

Fiscalización y Revisión

Estado de México

MIR del Pp

Ninguno

Desarrollo de la

Función Pública y Ética en el servicio

público

La función de coordinación de la política de gobierno integra a los dos Pp con acciones complementarias el evaluado con la emisión de oficios de

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

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Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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Indicadores MIR 2019

Nivel de objetivo

Unidad Responsable

Propósito Área de Enfoque

Tipo de Apoyo

Cobertura Geográfica

Fuentes de Información

Programas con

coincidencia

Programas complementarios

Justificación

promoción de acciones derivadas de actos de fiscalización superior de cumplimiento financiero a las entidades públicas estatales y municipales y el segundo con el seguimiento a estos hasta su total cumplimiento.

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

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Anexo 7 “Principales Fortalezas, Retos y Recomendaciones”

Tema de evaluación: Diseño Programático

Fortalezas y Oportunidades/ Debilidades o Amenazas

Referencia (Pregunta)

Recomendación

Fortalezas y Oportunidades

Tomo I Justificación de la

creación o modificación del Pp

El proyecto evaluado tiene justificación legal y empírica que

da soporte a la intervención gubernamental del OSFEM en la

entidad

3

Tomo II Contribución del Pp a las Metas Estatales y

planeación orientada a resultados

El proyecto evaluado guarda relación con los objetivos del

PDEM 2017-2023 y a su vez con el objetivo de Desarrollo

Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU

4-5

Tomo III Poblaciones o Áreas de

Enfoque potencial y objetivo

Las entidades públicas estatales y municipales son las áreas de

enfoque a las que se les aplican actos de fiscalización superior por parte del sujeto evaluado

6-8

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Tomo IV Matriz de Indicadores para Resultados (MIR)

Las actividades de la MIR son las que se requieren desplegar

para integrar los respectivos Componentes

9

Los Componentes muestran el servicio que el proyecto evaluado produce como

resultado obtenido

10

El Propósito es el resultado de los Componentes 11

El Fin es la contribución a un objetivo superior 12

Tomo V

El proyecto “Fiscalización de Cumplimiento Financiero” del Pp “Fiscalización Gubernamental”

es complementario con el proyecto “Desarrollo de la

Función Pública y Ética en el Servicio Público”, por el

seguimiento de los oficios de promoción de acciones que

emite el sujeto evaluado dirigidos a los Contralores de las entidades fiscalizables

20

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Debilidades o Amenazas

Tomo I Justificación de la

creación o modificación del Pp

No presenta consistencia la información del PbR-01a que

presenta el sujeto evaluado con el que registra la UIPPE del

Poder Legislativo en el SPP del GEM

1-2

Homologar la información que se reporta en los

documentos en los que se plasma la problemática

que atiende el Pp a través del proyecto evaluado

Tomo III Poblaciones o Áreas de

Enfoque potencial y objetivo

En el formato del PbR-01ª del sujeto evaluado se encuentra cuantificada y caracterizada el

área de enfoque, sin embargo en el del SPP la información se

encuentra registrada de manera diferente

6-8

Se recomienda que se homologue el contenido de

la información de los documentos en cita,

caracterizando y cuantificando el área de

enfoque de la misma manera

Tomo IV Matriz de Indicadores para Resultados (MIR)

Verificar redacción de las actividades 1.2 y 1.3 y el orden cronológico de todas en general 9

Se recomienda tomar en consideración las

acotaciones realizadas respecto a la redacción y soporte normativo de las

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actividades 1.2 1.3, así como respecto a su orden

cronológico

Se advierte ambigüedad en la redacción de los Supuestos

relacionados con los indicadores de desempeño en el nivel

Componente

10

Afinar la redacción de los Supuestos relacionados con los indicadores de desempeño en el nivel

Componente

Hay problema de sintaxis al referir:

“…por parte de los gobiernos estatal y municipales…”

12

En el nivel Fin afinar la redacción en la parte “…por parte de los gobiernos estatal y

municipales…”

El indicador relacionado con el Componente tres, es importante

verificar las variables que lo integran ya que presenta un

superávit

14 15 Verificar las variables del indicador relacionado con

el Componente 3

La interpretación del indicador relacionado con la actividad 2, no guarda relación congruente con la fórmula y la unidad de

medida

15 Verificar el indicador relacionado con la

actividad 2

Las fichas técnicas de diseño y seguimiento de indicadores que presenta el sujeto evaluado no

15 Se recomienda al sujeto evaluado que se registre en el SPP del GEM las

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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO Órgano Superior de Fiscalización

Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios. Para mayor información, visite el aviso de privacidad en los sitios: IntraNet o www.osfem.gob.mx

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se encuentran registradas en el SPP del GEM

fichas, a través del titular de la Coordinación de

Evaluación y Seguimiento quien es el enlace del OSFEM con el Poder

Legislativo del Estado de México

La meta del nivel Componente tres presenta superávit

16

Verificar la meta del indicador relacionado con

el Componente 3

Los medios de verificación presentan inconsistencias que

dificultan la reproducción de los indicadores

17

Verificar los medios de verificación dela MIR que fueron observados en la

pregunta 17

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

El presente documento y anexos, en su caso, serán tratados conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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Anexo 9 “Ficha Técnica con los Datos Generales de la Evaluación”

Ficha Técnica con los datos generales de la evaluación

Nombre o denominación de la evaluación

Evaluación de Diseño Programático

Nombre del programa evaluado.

“Fiscalización gubernamental”

Nombre del proyecto evaluado “Fiscalización de Cumplimiento Financiero”

Unidad Responsable de la operación del proyecto evaluado.

Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e

Investigación Unidad de Solventaciones

Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

Servidor(a) público(a) responsable del programa.

L.C.C. Mayra Ivonne Dorantes González,

Auditora Especial Financiera y de Obra e Investigación M. en A. y C.P.C. Horacio Roa Flores,

Auditor Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación

L.C. Jesús Rolando Becerril Becerril, Titular de la unidad de Solventaciones

Año del Programa Anual de Evaluación (PAE) a la que corresponde la evaluación.

2019

Año de término de la evaluación.

2019

Tipo de evaluación.

Diseño Programático

Nombre de la instancia evaluadora.

Coordinación de Control y Auditoría Interna del OSFEM

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

Calle Mariano Matamoros No. 124 Col. Centro, C.P. 50000 Toluca, México.

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Nombre del coordinador(a) de la evaluación.

Lic. Ángel Luz Lugo Nava

Nombre de los(as) principales colaboradores(as).

L.D. Claudia Olivia Ortega López

Nombre de la unidad administrativa responsable de dar seguimiento a la evaluación.

Coordinación de Control y Auditoría Interna del OSFEM

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“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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Referencias y Acrónimos ASM Aspectos Susceptibles de Mejora

AEFOI Auditoría Especial Financiera y de Obra e Investigación

AEIMPI Auditoría Especial de Informes Mensuales, Planeación e Investigación

ASOFIS Asociación Nacional de Organismos de Fiscalización Superior y Control Gubernamental A.C.

CONEVAL Consejo Nacional de Evaluación de Política de Desarrollo Social

DIF Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia

GEM Gobierno del Estado de México

IMCUFIDE Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte

IMJUVE Instituto Municipal de la Juventud

INTOSAI Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores

ISSAI Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores

Lineamientos PbR Lineamientos y reglas para la implementación del Presupuesto basado en Resultados

Lineamientos Pp Lineamientos generales para la Evaluación de Programas presupuestarios del Poder Legislativo del Estado de México

Manual de Anteproyecto

Manual para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2017

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Coordinación de Control y Auditoría Interna

“2019. Año del Centésimo Aniversario Luctuoso de Emiliano Zapata Salazar. El Caudillo del Sur”.

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MAVICI Organismo público descentralizado de carácter municipal para el mantenimiento de vialidades

MIR Matriz de Indicadores para Resultados

ODAS Organismo de Agua y Saneamiento

ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible

OSFEM Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México

PAE Programa Anual de Evaluación

PAF Programa Anual de Fiscalización

PbR Presupuesto basado en Resultados

PDEM Plan de Desarrollo del Estado de México (2017-2023)

Pp Programa presupuestario

SPP Sistema de Planeación y Presupuesto

UIPPE Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación

US Unidad de Solventaciones


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